Reglamento derogado
Art.3 Inciso c
“Acoger la interpretación técnica redactada por el Máster Gabriel Vargas Acuña, en el sentido de que se interprete el inciso c, del artículo 3 así: La frase “instituciones estatales”, debe analizarse en su contexto inmediato, “Instituciones estatales o privadas de Educación Universitaria”, haciendo ampliativa la misma a Colegios Científicos Costarricenses, excluyendo otros tipos de instituciones: primaria, secundaria, o parauniversitaria, estatales o privadas”.”
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