Capítulo 1 Naturaleza y objetivos
Artículo 1
Este reglamento rige para todos los Trabajos Finales de Graduación que realizan los estudiantes del Instituto Tecnológico de Costa Rica para optar por los grados de bachillerato o licenciatura, según lo estipulado por el artículo 37 del Estatuto Orgánico y el artículo 24, inciso b, del Reglamento del Régimen de Enseñanza Aprendizaje
Artículo 2
Definición
El Trabajo Final de Graduación es un espacio de enseñanza y aprendizaje por medio del cual el estudiante confronta lo aprendido en el Instituto Tecnológico de Costa Rica, con las condiciones y características requeridas para implementar un proceso científico – tecnológico a través de uno o varios proyectos o trabajos específicos.
Artículo 3
Propósito
El Trabajo Final de Graduación tiene como propósito culminar la formación integral del estudiante y contribuir al desarrollo científico-tecnológico mediante la realización de proyectos específicos, de acuerdo con el Perfil Profesional de la carrera respectiva.
Artículo 4
Objetivos
El Trabajo Final de Graduación tendrá los siguientes objetivos:
- Aplicar la formación recibida por los estudiantes, a lo largo de su carrera, en la resolución de problemas propios de la misma.
- Vincular al estudiante con el campo de su disciplina de modo que adquiera experiencia profesional.
- Propiciar la transferencia tecnológica y la generación de conocimientos
- Fortalecer la imagen y la presencia del Instituto Tecnológico de Costa Rica en el sector externo.
- Retroalimentar las labores de docencia, investigación y extensión de las diferentes escuelas de la institución.
- Propiciar la actualización de los académicos del Instituto.
- Propiciar la realización de actividades interdisciplinarias en las que participen estudiantes y profesores de diferentes escuelas del Instituto.
- Propiciar la integración de la docencia, la investigación y la extensión.
- Integrar el conocimiento, de tal manera que como resultado se obtenga un aporte innovador por parte del estudiante.
Capítulo 2 Características del Trabajo Final de Graduación
Artículo 5
En concordancia con lo establecido en el Reglamento del Régimen de Enseñanza-Aprendizaje, el Trabajo Final de Graduación se regirá por un programa que contemple lo siguiente:
a. Los requisitos y correquisitos correspondientes para realizar su matrícula.
b. Un valor mínimo de siete créditos y un máximo de doce créditos.
c. La asignación de un profesor asesor, quien se encargará de la orientación y el seguimiento a los estudiantes.
d. Un Informe del Trabajo Final de Graduación, que deberá ser elaborado por el estudiante y presentado al profesor asesor.
e. Una evaluación final correspondiente al nivel de ejecución tanto académica, como logística de dicho trabajo.
En otros aspectos no considerados, el Trabajo Final de Graduación se regirá por las condiciones y características estipuladas en el Reglamento del Régimen de Enseñanza-Aprendizaje.
Artículo 6
El proceso de matrícula del Trabajo Final de Graduación, se regirá conforme la normativa vigente a nivel institucional.
Artículo 7
Dadas las condiciones en que se desarrolla el Trabajo Final de Graduación, cada estudiante matriculado en esta asignatura tendrá, por parte de la Escuela correspondiente, un profesor asesor, quien será el encargado de orientarlo y darle seguimiento durante todo el proceso de dicha actividad.
Artículo 8
Según lo establecen los artículos 55 y 63 del Reglamento del Régimen de Enseñanza-Aprendizaje, el Trabajo Final de Graduación tendrá una calificación final, la cual incluirá tanto aspectos académicos como de desempeño del estudiante durante la ejecución de dicho Trabajo. Los componentes de esta calificación y las condiciones en que se realice, serán determinadas por la normativa que cada escuela establezca.
Artículo 9
Para los casos en que el Trabajo Final de Graduación sea realizado por estudiantes de distintas Escuelas, éstas deberán organizarse para desarrollar los procedimientos de supervisión y evaluación en forma conjunta, tomando en consideración las características correspondientes a cada Escuela. En estos casos cada estudiante debe ser evaluado en forma individual.
Artículo 10
Opciones para el Trabajo Final de Graduación
El Trabajo Final de Graduación tendrá las siguientes modalidades:
- Proyecto de Graduación
- Práctica Profesional
- Tesis de Graduación
- Seminario de Graduación
Proyecto de Graduación
El Proyecto de Graduación es una actividad teórica-práctica dirigida al análisis de un problema, su evaluación y propuesta de solución y/o la ejecución de éste, mediante el uso de modelos u otros medios adecuados
Práctica Profesional
La Práctica Profesional es una actividad teórico-práctica que el estudiante realiza en situaciones reales de trabajo, en un área afín a la recibida en su respectiva carrera.
Tesis de Graduación
La Tesis de Graduación es un proceso de investigación que aporta algo original sobre el asunto investigado. En la Tesis se origina una respuesta concreta a un hecho o fenómeno y se establece una respuesta a una pregunta o hipótesis. El trabajo de Tesis busca aumentar el conjunto de conocimientos de una disciplina o probar ciertas postulaciones teóricas.
Seminario de Graduación
El Seminario de Graduación consiste en un proceso de investigación relacionado con el funcionamiento u operación de las técnicas y métodos de la disciplina correspondiente en un sector productivo seleccionado.
Artículo 11
Cada Trabajo Final de Graduación debe ser aprobado antes de su realización, para ello el estudiante aportará la documentación correspondiente, según los mecanismos que cada unidad académica establezca
Capítulo 3 De los participantes en el proceso del Trabajo Final de Graduación
Artículo 12
Los siguientes son los participantes en el proceso del Trabajo Final de Graduación:
- El Consejo de Escuela
- El Director de Escuela
- El Coordinador del Trabajo Final de Graduación
- El Estudiante
- El Profesor Asesor
- El consultor (en caso de que las características del Trabajo Final de Graduación lo requieran)
- El Asesor en la empresa o institución ( en caso en que el Trabajo Final de Graduación esté vinculado a una empresa o institución)
- Tribunal Evaluador (excepto en el Seminario de Graduación)
- La biblioteca
Artículo 13
Funciones y Responsabilidades de los participantes
a) Del Consejo de Escuela
- Aprobar el nombramiento del Coordinador del Trabajo Final de Graduación
- Aprobar y modificar la reglamentación específica de la escuela para los Trabajos Finales de Graduación
- Definir las orientaciones específicas que rigen los Trabajos Finales de Graduación para cada escuela.
- Aprobar y modificar la Guía de Presentación del Informe del Trabajo Final de Graduación.
- Resolver en definitiva los recursos de apelación contra las resoluciones en materia del Trabajo Final de Graduación, tomadas por el Director de la Escuela
- Resolver situaciones que se presenten en el desarrollo del Trabajo Final de Graduación, que no estén contempladas en este Reglamento.
b) Del Director de Escuela
- Proponer al Consejo de Escuela la carga académica de cada profesor asesor por concepto del Trabajo Final de Graduación
- Autorizar la matrícula, cuando sea necesario, de los estudiantes en el Trabajo Final de Graduación
- Resolver los recursos de apelación contra las resoluciones en materia del Trabajo Final de Graduación.
c) Del Coordinador del Trabajo Final de Graduación
- Coordinar con las empresas o instituciones donde se efectuará cada Trabajo Final de Graduación
- Velar porque el Trabajo Final de Graduación se desarrolle conforme con lo que establece la normativa vigente.
- Coordinar, en lo que corresponda, con el Director de la Escuela el nombramiento de los profesores asesores.
- Orientar al estudiante en la búsqueda de fuentes de información y consultores, cuando sea necesario.
- Realizar la programación de las actividades relacionadas con el Trabajo Final de Graduación y velar por su cumplimiento.
- Firmar el acta final, en su calidad de coordinador del curso Trabajo Final de Graduación
- Mantener una base de datos actualizada con la información de las empresas o instituciones participantes en el Trabajo Final de Graduación.
- Disponer de un listado actualizado de los estudiantes que han presentado su Trabajo Final de Graduación.
- Generar opciones de vinculación con empresas o instituciones para desarrollar Trabajos Finales de Graduación.
- Velar, en lo que le corresponda, por la confidencialidad de los Trabajos Finales de Graduación, en los casos que lo ameriten.
- Entregar a la biblioteca, cuando corresponda, una copia en formato digital de cada Trabajo Final de Graduación.
- Aprobar el perfil del anteproyecto del Trabajo Final de Graduación, según lo establecido en el Artículo 11.
- Velar por el cumplimiento de la normativa vigente correspondiente al Trabajo Final de Graduación.
- Informar a las empresas o instituciones sobre la reglamentación y las políticas de la escuela en relación con el Trabajo Final de Graduación.
- Procurar que la empresa o institución brinde las condiciones necesarias para que el estudiante pueda realizar su Trabajo Final de Graduación, en caso de no darse éstas, deberá tomar las medidas que se consideren pertinentes.
- Elaborar y presentar al Consejo de Escuela la propuesta de Guía de Presentación del Informe del Trabajo Final de Graduación.
- Elaborar y presentar al Consejo de Escuela la propuesta de Reglamentación Interna del Trabajo Final de Graduación.
- Nombrar el Tribunal Evaluador.
d) Del Estudiante
- Someter a aprobación del Coordinador del Trabajo Final de Graduación el anteproyecto respectivo previo al proceso de matrícula.
- Cumplir el Plan de Trabajo establecido y plantear oportunamente al profesor asesor las justificaciones sobre los ajustes que requiera realizar, las cuales deberán contar con su aprobación y la del asesor de la empresa o institución.
- Emplear una bitácora para anotar los temas tratados en las diferentes reuniones durante el desarrollo del Trabajo Final de Graduación.
- Rendir los informes de avance y el informe final solicitados por el profesor asesor y/o el asesor en la empresa, según las fechas establecidas en el cronograma aprobado.
- Informar oportunamente al Profesor Asesor y al Asesor en la empresa de las situaciones irregulares que puedan afectar el normal desarrollo del Trabajo Final de Graduación.
- Mantener la confidencialidad de la información brindada por la empresa o institución, y de los resultados obtenidos en el Trabajo Final de Graduación, en los casos que se amerite.
- Presentar, en caso de ser necesario, el Informe Final revisado por un filólogo, según la normativa que la escuela establezca.
- Entregar al coordinador del Trabajo Final de Graduación al menos dos copias del respectivo Informe Final.
- Entregar a la empresa o institución correspondiente una copia del Informe Final del Trabajo Final de Graduación.
- Gestionar ante diferentes empresas o instituciones la realización del Trabajo Final de Graduación.
- Asistir a las reuniones que sea convocado durante la realización del Trabajo Final de Graduación.
- Acatar todas las disposiciones que contempla el presente Reglamento, la Normativa Institucional, de la Escuela y la Normativa de la empresa o institución en que se desarrolla el Trabajo Final de Graduación.
e) Del Profesor Asesor
- Orientar y apoyar oportunamente al estudiante durante el proceso del Trabajo Final de Graduación
- Visitar al estudiante en el lugar donde realiza el Trabajo Final de Graduación, según el cronograma aprobado, con el fin de asesorarlo y evaluarlo.
- Orientar a los estudiantes, en caso de consultas a otros profesionales, dentro o fuera del instituto.
- Revisar y aprobar el Plan de Trabajo elaborado por el estudiante y discutirlo con el asesor de la empresa o institución.
- Establecer y mantener una buena coordinación con el asesor del estudiante en la empresa o institución.
- Informar al Coordinador del Trabajo Final de Graduación sobre situaciones que afecten el normal desarrollo del proceso
- Asignar la calificación correspondiente al desempeño y al Informe Final de cada uno de los estudiantes a su cargo, según el sistema de evaluación definido en cada escuela.
- Firmar la bitácora que lleva el estudiante en cada visita que realice a la empresa o institución.
- Velar por la calidad técnica de la presentación, redacción y ortografía del Informe Final escrito y en formato digital, según la normativa correspondiente de la escuela.
- Procurar que la empresa o institución brinde las condiciones necesarias para que el estudiante pueda realizar su Trabajo Final de Graduación.
f) Del Consultor
Brindar asesoría a los estudiantes del Trabajo Final de Graduación cuando las características de su Trabajo lo requieran, según el mecanismo definido por cada escuela.
g) Del Asesor en la empresa
- Brindar al estudiante el apoyo necesario durante el proceso del Trabajo Final de Graduación.
- Dar a conocer al estudiante los Reglamentos y Normas que rigen en la empresa o institución.
- Discutir el Plan de Trabajo, conjuntamente con el profesor asesor y el estudiante.
- Evaluar el desempeño y comportamiento del estudiante durante el proceso del Trabajo Final de Graduación.
- Mantener una comunicación efectiva con el profesor asesor durante el desarrollo del Trabajo Final de Graduación.
- Participar, en la medida de sus posibilidades, en la exposición o Defensa Pública del Informe del Trabajo Final de Graduación, por parte del estudiante asignado a su empresa.
h) Del Tribunal Evaluador
El Tribunal Evaluador estará formado por al menos dos profesores de la Escuela o en su lugar por expertos en el área, los cuales deben estar presentes al momento de la exposición o defensa del Trabajo Final de Graduación.
Funciones del Tribunal Evaluador:
- Evaluar el desempeño del estudiante durante la exposición o defensa pública del Trabajo Final de Graduación
- Otras funciones definidas por la normativa interna de cada escuela.
i) De la biblioteca
- Brindar asesoría a los estudiantes del Trabajo Final de Graduación en lo relacionado con la presentación de los Informes Finales en formato digital.
- Recibir y colocar, en la página digital del ITCR, los Informes de cada Trabajo Final de Graduación, según la normativa vigente. Para lo anterior, deberá brindar los medios necesarios para registrar y almacenar los Informes en soportes de información adecuados que permitan no solo su almacenamiento, sino también el manejo y acceso para consulta y análisis posteriores.
Capítulo 4 Sobre los informes del Trabajo Final de Graduación
Artículo 14
Cada escuela elaborará una guía de presentación del Informe del Trabajo Final de Graduación, el cual deberá cumplir con las normas de presentación vigentes aprobadas por el Consejo de Docencia (1)
(1) Ver acuerdo del Consejo de Docencia, en su Sesión 10-2000 del 19 de junio de 2000 y el documento titulado: Normas de Presentación de los Informes de Prácticas de Especialidad, Tesis, Seminarios y otros del ITCR en Formato Digital, elaborado por la Biblioteca José Figueres Ferrer
Artículo 15
Cada escuela deberá garantizar el mantenimiento y seguridad de las copias de los Informes Finales de los Trabajos Finales de Graduación y deberá estipular en cada caso y según la normativa correspondiente, las condiciones en que dichos informes podrán ser consultados.
Artículo 16
Cada escuela, siguiendo el mecanismo que para ello defina, debe garantizar la entrega de una copia del Informe del Trabajo Final de Graduación a la empresa o institución correspondiente y su constancia de recibido.
Capítulo 5 De la evaluación
Artículo 17
En la evaluación del Trabajo Final de Graduación se deben tomar en cuenta los objetivos planteados, el desarrollo del trabajo y los resultados obtenidos.
Artículo 18
Para concluir con el Trabajo Final de Graduación, el estudiante debe realizar una Exposición Final o Defensa Pública del Informe Final de dicho trabajo, según lo establecido por cada escuela.
Artículo 19
De acuerdo con la normativa de cada escuela, intervienen en el proceso de evaluación del Trabajo Final de Graduación , los siguientes participantes:
- Profesor Asesor
- Tribunal Evaluador
- Asesor de la Empresa o Institución (en los casos en que el Trabajo de Graduación esté vinculado a una empresa o institución)
Artículo 20
Los porcentajes de evaluación del Trabajo Final de Graduación, correspondientes a los participantes mencionados en el artículo anterior, así como los elementos a evaluar, serán definidos de acuerdo con el criterio de las escuelas respectivas.
Capítulo 6 Otros aspectos relativos
Artículo 21
En el caso de que el Trabajo Final de Graduación se encuentre vinculado con alguna empresa o institución, la escuela respectiva debe procurar una compensación para el estudiante, que al menos cubra los costos en que éste incurre durante la realización de su Trabajo. Si dicho Trabajo se realiza en una institución de bienestar social o sin fines de lucro, según criterio del Coordinador, se podría dispensar totalmente dicho pago. Para lo anterior, se requiere el consentimiento expreso por parte del estudiante.
Artículo 22
En caso de que el Trabajo Final de Graduación requiera confidencialidad, a criterio de la empresa o institución, debe suscribirse un acuerdo de confidencialidad entre la empresa o institución y el estudiante. Este acuerdo deberá ser avalado por el profesor asesor y el coordinador del Trabajo Final de Graduación, este último debe emitir una resolución fundamentada en donde se ratifique el citado acuerdo. Este acuerdo de confidencialidad no puede ir en detrimento de la evaluación efectiva del Trabajo Final de Graduación.
Artículo 23
El estudiante reprobará el Trabajo Final de Graduación cuando incurra en una falta grave durante el desarrollo del mismo. El profesor asesor debe informar a las instancias respectivas en un plazo no mayor de quince días hábiles. Será el Consejo de Escuela quien tome la decisión final.
Artículo 24
Si el estudiante no estuviera de acuerdo con las resoluciones del profesor asesor, del coordinador o del Tribunal Evaluador, deberá plantear por escrito un recurso de revocatoria dentro de los tres días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución. El profesor asesor, el coordinador o el Tribunal Evaluador, dará su respuesta en los cinco días hábiles siguientes. De no quedar satisfecho con la respuesta, el estudiante podrá apelar por escrito ante el director de escuela en un plazo no mayor de tres días hábiles a partir de la fecha en que vence el período de respuesta del profesor asesor, del coordinador o del Tribunal Evaluador. A su vez, el director de escuela contará con cinco días hábiles para dar su respuesta. De no quedar satisfecho con la respuesta, el estudiante podrá apelar por escrito ante el Consejo de Escuela, en un plazo no mayor de tres días hábiles a partir de la fecha en que vence el período de respuesta del director de escuela. El Consejo de escuela dará su respuesta en los cinco días hábiles siguientes y agotará la vía administrativa.
Artículo 25
Este Reglamento rige a partir de su publicación en la Gaceta del Tecnológico.
(Así publicado por la Secretaría del Consejo Institucional en la Gaceta del Tecnológico No. 157, del mes de marzo del 2004)
Capítulo 7 Definiciones de conceptos usados en este Reglamento
Artículo 26
-Perfil profesional: Conjunto de competencias que debe poseer el egresado al finalizar una carrera universitaria.
-Plan de trabajo: Documento presentado por el estudiante que se encuentra realizando su Trabajo Final de Graduación y que contiene al menos los siguientes elementos: antecedentes, objetivos generales y específicos, metodología y cronograma de actividades.
-Formato digital: Forma de presentación del Informe Final del Trabajo Final de Graduación en un formato que pueda ser accesado en la Biblioteca Digital del ITCR.
-Transferencia Tecnológica: Acción mediante la cual el conocimiento científico y tecnológico materializado en una invención, procedimiento o producto es trasladado a otras personas para su eventual aplicación.
-Actividades interdisciplinarias: Son todas aquellas actividades académicas que requieren de la participación de varias disciplinas.
-Crédito: Unidad valorativa del trabajo del estudiante. Equivale a tres horas reloj semanales de trabajo del mismo, durante quince semanas, aplicadas a una actividad que ha sido supervisada, evaluada y aprobada por el profesor.
-Profesor asesor: Profesor responsable de orientar y dar seguimiento al estudiante durante el proceso de elaboración del Trabajo Final de Graduación.
-Coordinador de Trabajos Finales de Graduación: Es el profesor encargado de coordinar todos los Trabajos Finales de Graduación de una Escuela.
-Consultor: Se refiere a aquella persona que por razón de sus conocimientos puede colaborar con el estudiante, durante la realización de su Trabajo Final de Graduación
-Exposición final: Es la presentación que el estudiante debe de hacer de su Trabajo Final de Graduación, una vez concluido éste.
-Defensa pública: Es la exposición de un Trabajo Final de Graduación en la que para su evaluación se requiere que el estudiante no solamente describa el trabajo realizado, sino también que sus puntos de vista y resultados sean expuestos a un proceso de crítica y defensa de cada uno de ellos.
-Falta Grave:
Para los efectos de este reglamento, se consideran faltas graves las siguientes:
- El abandono por parte del estudiante del Trabajo Final de Graduación
- La no entrega del Informe Final del Trabajo Final de Graduación tanto a la escuela como a la respectiva empresa o institución.
- El hurto de cualquier material o equipo en la empresa o institución donde realiza su Trabajo Final de Graduación.
- La violación dolosa o negligente del Acuerdo de Confidencialidad
- La negligencia en el uso del equipo en la empresa o institución.
- El incumplimiento de la normativa de la empresa o institución.
- El incumplimiento en los plazos u obligaciones del Trabajo Final de Graduación.
- Cualquier acción que atente contra la moral y las buenas costumbres.
- Cualquier otra acción, calificada como tal por el coordinador del Trabajo Final de Graduación.
(Aprobado por el Consejo de Docencia en la Sesión No. 18-2003, celebrada el 29 de octubre del 2003 y publicado en La Gaceta del Tecnológico No. 157)
Reglamento Derogado por acuerdo del Consejo de Docencia, Sesión Ordinaria Número 12-2021, artículo 6, inciso a, del 25 de agosto del 2021.
Publicado en fecha 25 de marzo del 2022 mediante la Gaceta Número 888-2022 de fecha 24 de marzo del 2022.