Reglamento de Funciones Específicas de la Dirección de Extensión

Categoría del reglamento
Investigación y Extensión

 

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

 Artículo 1. Tipo de reglamento 

Este reglamento es de carácter específico.

Artículo 2.  Alcance 

Este reglamento es de acatamiento obligatorio de todo el personal de la Dirección de Extensión

 Artículo 3.  Objetivo general

Regular el funcionamiento de la Dirección de Extensión.

Artículo 4. Definiciones y Acrónimos

 CIE: Consejo de Investigación y Extensión

FS: Fondos del Sistema

ITCR: Instituto Tecnológico de Costa Rica

VIE: Vicerrectoría de Investigación y Extensión

Además, para efectos de este Reglamento aplican las definiciones y acrónimos del Reglamento de Investigación y Extensión

 

CAPÍTULO II. DE LA DIRECCIÓN DE EXTENSIÓN

Artículo 5. Dirección de Extensión

Dependencia adscrita a la Vicerrectoría de Investigación y Extensión encargada de administrar los procesos asociados a la gestión de la extensión en el ITCR.

Artículo 6. Funciones de la Dirección de Extensión

Tiene como funciones las siguientes:

a.    Asesorar y apoyar a las instancias académicas en la formulación de programas, proyectos y actividades de extensión, contemplando estrategias a corto, mediano y largo plazo.

b.    Proponer al CIE, por medio de la persona que ejerce la dirección, los mecanismos de reconocimiento a la producción académica tanto individual como grupal en el campo de la extensión

c.    Apoyar la vinculación con el sector externo (local, nacional e internacional), la identificación de oportunidades y temas para iniciativas de extensión.   

d.    Dictaminar sobre la razonabilidad de los presupuestos incorporados en las propuestas de extensión, como asesoría al Consejo de Investigación y Extensión en coordinación con las otras instancias de la VIE, cuando corresponda.

e.    Dar seguimiento y evaluación a los centros, programas, proyectos y actividades del ITCR en lo concerniente a la extensión y presentarlo al Consejo de Investigación y Extensión para el análisis de sus resultados. 

f.     Apoyar a la VIE y al CIE en la gestión relacionada con el Régimen de Extensionista Consolidado.  

g.    Fomentar la capacitación de la comunidad de extensionistas.

h.    Gestionar la divulgación, reconocimiento y visibilidad de la extensión

i.      Promover la participación del sector estudiantil, académico y administrativo en la extensión.   

j.      Promover la integración de la extensión con la docencia, la investigación y la vinculación con la sociedad.

k.    Proponer al CIE la calendarización de los procesos de extensión.

l.      Fortalecer la internacionalización de la extensión y en coordinación con las instancias de la VIE

m.  Atender otras funciones que le establezca la normativa interna.  

Artículo 7. De la persona que ejerce la Dirección de Extensión

Es la persona nombrada por la Rectoría a propuesta de la persona Vicerrectora de Investigación y Extensión, encargada de la gestión de las actividades de la Dirección de Extensión.

Artículo 8. Funciones de la persona que ejerce la Dirección de Extensión

La persona que ejerce la Dirección de Extensión tendrá las siguientes funciones específicas, además de las establecidas en el Estatuto Orgánico:

a.    Participar, en comisiones internas o externas, que competan al ámbito de acción de la extensión.

b.    Participar en los procesos de evaluación y mejora de aspectos académicos y administrativos relacionados con la extensión.   

c.    Proponer al CIE mecanismos de presentación, seguimiento y evaluación de la extensión y sus formas organizativas de ejecución.  

d.    Formular, ejecutar, controlar y evaluar planes y presupuestos de la Dirección y de todos aquellos centros funcionales que compete a la extensión. 

e.    Elaborar y supervisar la ejecución de los presupuestos de la Dirección de Extensión.     

f.     Actuar como jefatura superior del personal de la Dirección de Extensión.   

g.    Formular planes de capacitación de la comunidad de extensionistas y del personal a su cargo.

h.    Gestionar la divulgación de los procesos de extensión.   

i.      Controlar el cumplimiento de metas y productos de la extensión.  

j.      Promover la captación de recursos externos para la extensión.

k.    Resolver trámites que le correspondan relacionados con la gestión de la extensión.

l.      Recomendar al CIE sobre los recursos de revocatoria relacionados con la extensión.

m.  Articular con las personas coordinadoras de centros, programas y proyectos de investigación o extensión, las acciones concernientes a la gestión de la extensión en el ITCR.   

n.    Articular con todas las instancias institucionales en lo que respecta a extensión.

o.    Velar por el cumplimiento de esta normativa.

p.    Participar con voz y voto en el Consejo de VIE y en el CIE.

q.    Otras que le asigne la reglamentación vigente.

 

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES FINALES

 ARTÍCULO 9. Revisión y actualización del Reglamento

La persona directora de la Dirección de Extensión será responsable de realizar la revisión del presente reglamento en las fechas de calendarización definidas institucionalmente para ese objetivo o cuando lo estime necesario.

Artículo 10. De la vigencia

Este reglamento rige a partir de su aprobación por parte del Consejo Institucional y su publicación en la Gaceta del ITCR.

 

 

Así aprobado por acuerdo del Consejo Institucional, Sesión Ordinaria Número 3334, Artículo 9 del 11 de octubre del 2023,

Publicado en fecha 12 de octubre del 2023 mediante la Gaceta Número 1145-2023 de fecha 12 de octubre del 2023.