Reforma Integral al Reglamento de Trabajos Finales de Graduación para programas de grado del ITCR

REFORMA INTEGRAL AL REGLAMENTO DE TRABAJOS FINALES DE GRADUACIÓN PARA PROGRAMAS DE GRADO DEL ITCR

CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Tipo de reglamento

Este es un reglamento de tipo específico.

Artículo 2. Alcance  

Este reglamento es de acatamiento obligatorio para los docentes y estudiantes que participan en el proceso de trabajos finales de graduación del ITCR, ya sea individuales, grupales de una misma disciplina o interdisciplinarios, para optar por los grados de bachillerato o licenciatura, según lo estipulado por el artículo 40 del Estatuto Orgánico y el artículo 24, inciso b, del Reglamento del Régimen de Enseñanza Aprendizaje.

Artículo 3. Propósito

El Trabajo Final de Graduación tiene como propósito culminar la formación integral del estudiante y contribuir al desarrollo científico-tecnológico mediante la realización de proyectos específicos, de acuerdo con el Perfil Profesional de la carrera respectiva.

Artículo 4. Objetivo del Reglamento

Normar lo referente a los Trabajos Finales de Graduación que realizan los estudiantes del Instituto Tecnológico de Costa Rica, ya sea individuales, grupales de una misma disciplina o interdisciplinarios, para optar por los grados de bachillerato o licenciatura.

Artículo 5. De las definiciones

Trabajo Final de Graduación: es un espacio de enseñanza y aprendizaje por medio del cual el estudiante o estudiantes confrontan lo aprendido en el Instituto Tecnológico de Costa Rica, con las condiciones y características requeridas para implementar un proceso científico – tecnológico a través de uno o varios proyectos o trabajos específicos.

Actividades interdisciplinarias: Son todas aquellas actividades académicas que requieren de la participación de varias disciplinas.

Asesor de empresa: persona que por razón de sus conocimientos puede colaborar con el estudiante y que labora en la empresa donde se desarrolla el Trabajo Final de Graduación.

Consultor: Se refiere a aquella persona que por razón de sus conocimientos puede colaborar con el estudiante, durante la realización de su Trabajo Final de Graduación.

Coordinador de Trabajos Finales de Graduación: Es el profesor encargado de coordinar todos los Trabajos Finales de Graduación de una Escuela.

Defensa pública: Es la exposición de un Trabajo Final de Graduación en la que para su evaluación se requiere que el estudiante no solamente describa el trabajo realizado, sino también que sus puntos de vista y resultados sean expuestos a un proceso de crítica y defensa de cada uno de ellos.

Exposición final: Es la presentación que el estudiante debe de hacer de su Trabajo Final de Graduación, una vez concluido éste.

Formato digital: Forma de presentación del Informe Final del Trabajo Final de Graduación en un formato que pueda ser accedido en la Biblioteca Digital del ITCR.

Perfil profesional: Conjunto de competencias que debe poseer el egresado al finalizar una carrera universitaria.

Plan de trabajo: Documento presentado por el estudiante que se encuentra realizando su Trabajo Final de Graduación y que contiene al menos los siguientes elementos: antecedentes, objetivos generales y específicos, metodología y cronograma de actividades.

Práctica Profesional: es una actividad teórico-práctica que el estudiante realiza en situaciones reales de trabajo, en un área afín a la recibida en su respectiva carrera.

Profesor tutor: Profesor responsable de orientar y dar seguimiento al estudiante durante el proceso de elaboración del Trabajo Final de Graduación.

Proyecto de Graduación: es una actividad teórica-práctica dirigida al análisis de un problema, su evaluación y propuesta de solución y/o la ejecución de éste, mediante el uso de modelos u otros medios adecuados.

Seminario de Graduación: consiste en un proceso de investigación relacionado con el funcionamiento u operación de las técnicas y métodos de la disciplina correspondiente en un sector productivo seleccionado.

Tesis de Graduación: Es un proceso de investigación que da respuesta a problemáticas concretas teóricas o metodológicas. El trabajo de Tesis busca aumentar el conjunto de conocimientos de una disciplina o probar ciertas postulaciones teóricas.

Trabajo Final de Graduación: es un espacio de enseñanza y aprendizaje por medio del cual el estudiante o estudiantes confrontan lo aprendido en el Instituto Tecnológico de Costa Rica, con las condiciones y características requeridas para implementar un proceso científico-tecnológico a través de uno o varios proyectos o trabajos específicos.

Transferencia Tecnológica: Acción mediante la cual el conocimiento científico y tecnológico materializado en una invención, procedimiento o producto es trasladado a otras personas para su eventual aplicación.

Capítulo II.  Del Trabajo Final de Graduación

Artículo 6. Objetivos del Trabajo Final de Graduación

El Trabajo Final de Graduación tendrá los siguientes objetivos:

1. Aplicar la formación recibida por los estudiantes, a lo largo de su carrera, en la resolución de problemas propios de la misma.

2. Vincular al estudiante con el campo de su disciplina de modo que adquiera experiencia profesional.

3. Propiciar la transferencia tecnológica y la generación de conocimientos.

4. Fortalecer la imagen y la presencia del Instituto Tecnológico de Costa Rica en el sector externo.

5. Retroalimentar las labores de docencia, investigación y extensión de las diferentes escuelas o áreas académicas de la institución.

6. Propiciar la actualización de los académicos del Instituto.

7. Propiciar la realización de actividades interdisciplinarias en las que participen estudiantes y profesores de diferentes carreras del Instituto.

8. Propiciar la integración de la docencia, la investigación y la extensión.

9. Integrar el conocimiento, de tal manera que como resultado se obtenga un aporte innovador por parte del estudiante.

Artículo 7

El Trabajo Final de Graduación se regirá por un programa que contemple lo siguiente:

1. Los requisitos y correquisitos correspondientes para realizar su matrícula.

2. Un valor mínimo de siete créditos y un máximo de doce créditos.

3. La asignación de un profesor tutor, quien se encargará de la orientación y el seguimiento a los estudiantes. En el caso de proyectos interdisciplinarios se asignará un profesor tutor por carrera. La coordinación del equipo de trabajo estará a cargo del profesor tutor de la carrera proponente del trabajo interdisciplinario, o bien, puede ser en común acuerdo entre las carreras que determinen cuál profesor tutor coordinará el equipo de trabajo.

4. Un Informe del Trabajo Final de Graduación, que deberá ser elaborado por el estudiante y entregado en formato digital al profesor tutor. En el caso de proyectos interdisciplinarios, el grupo de estudiantes entregará un único informe al profesor coordinador del proyecto interdisciplinario.

5. Una evaluación final correspondiente al nivel de ejecución tanto académica, como logística de dicho trabajo.

En otros aspectos no considerados, el Trabajo Final de Graduación se regirá por las condiciones y características estipuladas en el Reglamento del Régimen de Enseñanza-Aprendizaje. 

Artículo 8

El proceso de matrícula del Trabajo Final de Graduación, se regirá conforme la normativa vigente a nivel institucional.

Artículo 9

Dadas las condiciones en que se desarrolla el Trabajo Final de graduación, cada estudiante matriculado en esta asignatura tendrá, por parte de la escuela o área académica correspondiente, un profesor tutor, quien será el encargado de orientarlo y darle seguimiento durante todo el proceso de dicha actividad. En el caso de proyectos interdisciplinarios se asignará un profesor tutor por carrera. La coordinación del equipo de trabajo estará a cargo del profesor tutor de la carrera proponente del trabajo interdisciplinario, o bien, puede ser en común acuerdo entre las carreras que determinen cuál profesor tutor coordinará el equipo de trabajo.

Artículo 10

Según lo establecen los artículos 55 y 63 del Reglamento del Régimen de Enseñanza-Aprendizaje, el Trabajo Final de Graduación tendrá una calificación final, la cual incluirá tanto aspectos académicos como de desempeño del estudiante durante la ejecución de dicho Trabajo. Los componentes de esta calificación y las condiciones en que se realice serán determinadas por la normativa que cada escuela o área académica establezca.

En caso de los proyectos interdisciplinarios, se debe evaluar los informes de avance y final con su respectiva rúbrica o guía de trabajo final de graduación y de igual forma para la presentación final o defensa pública corresponde a una exposición oral (presencial o virtual).

Para los miembros que completen cada etapa del proyecto se asignará una misma nota que corresponde a la calificación grupal obtenida.

Artículo 11. Modalidades para el Trabajo Final de Graduación

El Trabajo Final de Graduación, ya sea individual, grupal de una misma disciplina o interdisciplinario, tendrá las siguientes modalidades:

1. Proyecto de Graduación

2. Práctica Profesional

3. Tesis de Graduación

4. - Seminario de Graduación

Artículo 12

Cada Trabajo Final de Graduación debe ser aprobado antes de su realización, para ello el estudiante aportará la documentación correspondiente, según los mecanismos que cada unidad académica establezca.

Capítulo III. De las funciones y responsabilidades de los participantes en el proceso del Trabajo Final de Graduación

Artículo 13. De las funciones y responsabilidades

Funciones y Responsabilidades de los participantes:

a. Del Consejo de Escuela o Área Académica:

1. Aprobar el nombramiento del Coordinador del Trabajo Final de Graduación.

2. Aprobar y modificar la reglamentación específica de la escuela o área académica para los Trabajos Finales de Graduación.

3. Definir las orientaciones específicas que rigen los Trabajos Finales de Graduación para cada escuela o área académica.

4. Aprobar y modificar la Guía de Presentación del Informe del Trabajo Final de Graduación, así como los mecanismos de evaluación propuestos por el coordinador de TFG.

5. Resolver en definitiva los recursos de apelación contra las resoluciones en materia del Trabajo Final de Graduación, tomadas por el Director de la Escuela o el Coordinador del Área Académica, según corresponda.

6. Resolver situaciones que se presenten en el desarrollo del Trabajo Final de Graduación, que no estén contempladas en este Reglamento.

b. Del Director de Escuela o Coordinador del Área Académica:

1. Proponer al Consejo de Escuela o de Área Académica la carga académica de cada profesor tutor por concepto del Trabajo Final de Graduación.

2. Autorizar la matrícula, cuando sea necesario, de los estudiantes en el Trabajo Final de Graduación.

3. Resolver los recursos de apelación contra las resoluciones en materia del Trabajo Final de Graduación.

c. Del Coordinador del Trabajo Final de Graduación:

1. Coordinar con las empresas o instituciones donde se efectuará cada Trabajo Final de Graduación.

2. Velar porque el Trabajo Final de Graduación se desarrolle conforme con lo que establece la normativa vigente.

3. Coordinar, en lo que corresponda, con el Director de la Escuela o el Coordinador de Área Académica el nombramiento de los profesores tutores.

4. Orientar al estudiante en la búsqueda de fuentes de información y consultores, cuando sea necesario.

5. Realizar la programación de las actividades relacionadas con el Trabajo Final de Graduación y velar por su cumplimiento.

6. Firmar el acta final, en su calidad de coordinador del curso Trabajo Final de Graduación.

7. Mantener una base de datos actualizada con la información de las empresas o instituciones participantes en el Trabajo Final de Graduación.

8. Disponer de un listado actualizado de los estudiantes que han presentado su Trabajo Final de Graduación.

9. Generar opciones de vinculación con empresas o instituciones para desarrollar Trabajos Finales de Graduación.

10. Velar, en lo que le corresponda, por la confidencialidad de los Trabajos Finales de Graduación, en los casos que lo ameriten.

11.Entregar a la biblioteca, cuando corresponda, una copia en formato digital de cada Trabajo Final de Graduación.

12. Aprobar el perfil del anteproyecto del Trabajo Final de Graduación, según lo establecido en el Artículo 11.

13. Velar por el cumplimiento de la normativa vigente correspondiente al Trabajo Final de Graduación.

14. Informar a las empresas o instituciones sobre la reglamentación y las políticas de la escuela o área académica en relación con el Trabajo Final de Graduación.

15. Procurar que la empresa o institución brinde las condiciones necesarias para que el estudiante pueda realizar su Trabajo Final de Graduación, en caso de no darse éstas, deberá tomar las medidas que se consideren pertinentes.

16. Elaborar y presentar al Consejo de Escuela o de Área Académica la propuesta de Guía de Presentación del Informe del Trabajo Final de Graduación, así como los mecanismos de evaluación propuestos por el coordinador de TFG.

17. Elaborar y presentar al Consejo de Escuela o Área Académica la propuesta de Reglamentación Interna del Trabajo Final de Graduación.

18. Nombrar el Tribunal Evaluador. En el caso de tribunales interdisciplinarios la asignación estará a cargo del coordinador designado como responsable del proyecto (el coordinador responsable será el de la carrera proponente del proyecto o el designado por mutuo acuerdo entre las carreras participantes).

d. Del Estudiante:

1. Someter a aprobación del Coordinador del Trabajo Final de Graduación el anteproyecto respectivo previo al proceso de matrícula.

2. Cumplir el Plan de Trabajo establecido y plantear oportunamente al profesor tutor las justificaciones sobre los ajustes que requiera realizar, las cuales deberán contar con su aprobación y la del asesor de la empresa o institución. Para el caso de trabajos interdisciplinarios se deberá contar adicionalmente con la aprobación de los tutores de las otras carreras.

3. Emplear una bitácora para anotar los temas tratados en las diferentes reuniones durante el desarrollo del Trabajo Final de Graduación.

4. Rendir los informes de avance y el informe final solicitados por el profesor tutor y/o el asesor en la empresa, según las fechas establecidas en el cronograma aprobado.

5. Informar oportunamente al Profesor tutor y al asesor en la empresa de las situaciones irregulares que puedan afectar el normal desarrollo del Trabajo Final de Graduación.

6. Mantener la confidencialidad de la información brindada por la empresa o institución, y de los resultados obtenidos en el Trabajo Final de Graduación, en los casos que se amerite.

7. Presentar, en caso de ser necesario, el Informe Final revisado por un filólogo, según la normativa que la escuela o área académica establezca.

8. Entregar al coordinador del Trabajo Final de Graduación una copia digital del respectivo Informe Final.

9. Entregar a la empresa o institución correspondiente una copia del Informe Final del Trabajo Final de Graduación.

10. Gestionar ante diferentes empresas o instituciones la realización del Trabajo Final de Graduación.

11. Asistir a las reuniones que sea convocado durante la realización del Trabajo Final de Graduación.

12. Acatar todas las disposiciones que contempla el presente reglamento, la normativa institucional, de la escuela o área académica y la normativa de la empresa o institución en que se desarrolla el Trabajo Final de Graduación.

e. Del Profesor Tutor:

1. Orientar y apoyar oportunamente al estudiante durante el proceso del Trabajo Final de Graduación

2. Visitar al estudiante en el lugar donde realiza el Trabajo Final de Graduación, según el cronograma aprobado, con el fin de asesorarlo y evaluarlo.

3. Orientar a los estudiantes, en caso de consultas a otros profesionales, dentro o fuera del Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4. Revisar y aprobar el Plan de Trabajo elaborado por el estudiante y discutirlo con el asesor de la empresa o institución. Para los trabajos interdisciplinarios discutirlo con los profesores tutores de las otras carreras.

5. Establecer y mantener una buena coordinación con el asesor del estudiante en la empresa o institución y con los profesores tutores de las otras carreras, en el caso de proyectos interdisciplinarios.

6. Informar al Coordinador del Trabajo Final de Graduación sobre situaciones que afecten el normal desarrollo del proceso.

7. Asignar la calificación correspondiente al desempeño y al Informe Final de cada uno de los estudiantes a su cargo, según el sistema de evaluación definido en cada escuela o área académica.

8. Firmar la bitácora que lleva el estudiante en cada visita que realice a la empresa o institución.

9. Velar por la calidad técnica de la presentación, redacción y ortografía del Informe Final escrito y en formato digital, según la normativa correspondiente de la escuela o área académica.

10. Procurar que la empresa o institución brinde las condiciones necesarias para que el estudiante pueda realizar su Trabajo Final de Graduación.

f. Del Consultor:

1. Brindar asesoría a los estudiantes del Trabajo Final de Graduación cuando las características de su Trabajo lo requieran, según el mecanismo definido por cada escuela o área académica.

g. Del Asesor en la empresa:

1. Brindar al estudiante el apoyo necesario durante el proceso del Trabajo Final de Graduación.

2. Dar a conocer al estudiante los Reglamentos y Normas que rigen en la empresa o institución.

3. Discutir el Plan de Trabajo, conjuntamente con el profesor tutor y el estudiante. En el caso de proyectos interdisciplinarios la discusión se llevará a cabo con el equipo de trabajo.

4. Evaluar el desempeño y comportamiento del estudiante o estudiantes, según corresponda, durante el proceso del Trabajo Final de Graduación.

5. Mantener una comunicación efectiva con el profesor tutor o coordinador para el caso de proyectos interdisciplinarios durante el desarrollo del Trabajo Final de Graduación.

6. Participar, en la medida de sus posibilidades, en la exposición o defensa pública del Informe del Trabajo Final de Graduación, por parte del estudiante asignado a su empresa.

h. Del Tribunal Evaluador:

El Tribunal Evaluador estará formado por al menos dos profesores de la escuela o área académica o en su lugar por expertos en el área, los cuales deben estar presentes al momento de la exposición o defensa del Trabajo Final de Graduación. Los miembros del tribunal deberán tener como mínimo el grado académico que están evaluando. Para el caso de proyectos interdisciplinarios deberá existir al menos un profesor o experto de cada una de las carreras involucradas

i. Funciones del Tribunal Evaluador:

1. Evaluar el desempeño del estudiante durante la exposición o defensa pública del Trabajo Final de Graduación. Para proyectos interdisciplinarios, el tribunal evaluador calificará a todo el equipo de trabajo.

2. Otras funciones definidas por la normativa interna de cada escuela o área académica.

j. Funciones de la biblioteca:

1. Brindar asesoría a los estudiantes del Trabajo Final de Graduación en lo relacionado con la presentación de los Informes Finales en formato digital.

2. Recibir y colocar, en la página digital del ITCR, los Informes de cada Trabajo Final de Graduación, según la normativa vigente. Para lo anterior, deberá brindar los medios necesarios para registrar y almacenar los Informes en soportes de información adecuados que permitan no solo su almacenamiento, sino también el manejo y acceso para consulta y análisis posteriores.

Capítulo IV. Sobre los informes del Trabajo Final de Graduación

Artículo 14

Cada escuela o área académica elaborará una guía de presentación del Informe del Trabajo Final de Graduación, el cual deberá cumplir con las normas de presentación vigentes aprobadas por el Consejo de Docencia. (1)

Para el caso de proyectos interdisciplinarios las carreras involucradas adoptarán la guía definida por la institución para tales fines.

(1) Ver acuerdo del Consejo de Docencia, en su Sesión 10-2000 del 19 de junio de 2000 y el documento titulado: Normas de Presentación de los Informes de Prácticas de Especialidad, Tesis, Seminarios y otros del ITCR en Formato Digital, elaborado por la Biblioteca José Figueres Ferrer.

Artículo 15

Cada escuela o área académica deberá garantizar el mantenimiento y seguridad de las copias de los Informes Finales de los Trabajos Finales de Graduación y deberá estipular en cada caso y según la normativa correspondiente, las condiciones en que dichos informes podrán ser consultados.

Artículo 16

Cada escuela o área académica, siguiendo el mecanismo que para ello defina, debe garantizar la entrega de una copia del Informe del Trabajo Final de Graduación a la empresa o institución correspondiente y su constancia de recibido. Para el caso de proyectos interdisciplinarios, se hará entrega de un único informe avalado por todas las carreras participantes. En cualquiera de las modalidades el informe será digital.

Capítulo V.  De la evaluación

Artículo 17

En la evaluación del Trabajo Final de Graduación se deben tomar en cuenta los objetivos planteados, el desarrollo del trabajo y los resultados obtenidos.

Artículo 18

Para concluir con el Trabajo Final de Graduación, el estudiante debe realizar una Exposición Final o Defensa Pública del Informe Final de dicho trabajo, según lo establecido por cada escuela o área académica. Para el caso de proyectos interdisciplinarios la presentación será de manera conjunta ante un único tribunal interdisciplinario.

Artículo 19

De acuerdo con la normativa de cada escuela o área académica, intervienen en el proceso de evaluación del Trabajo Final de Graduación, los siguientes participantes:

1. Profesor tutor o profesores tutores para el caso de proyectos interdisciplinarios.

2. Tribunal Evaluador.

3. Asesor de la Empresa o Institución (en los casos en que el Trabajo de Graduación esté vinculado a una empresa o institución).

Artículo 20

Cada carrera definirá los porcentajes de evaluación del Trabajo Final de Graduación, correspondientes a los participantes mencionados en el artículo anterior, así como los elementos a evaluar en cada una de las diferentes etapas (avances, documento final y defensa oral) para lo cual crearán las respectivas rúbricas.

En el caso de trabajos interdisciplinarios y de común acuerdo entre las carreras participantes, se proponen los porcentajes de evaluación y elaboraran las rúbricas respectivas.

Capítulo VI. Otros aspectos relativos

Artículo 21

En el caso de que el Trabajo Final de Graduación se encuentre vinculado con alguna empresa o institución, la escuela o área académica respectiva debe procurar que dicha empresa o institución brinde una compensación para el estudiante, que al menos cubra los costos en que éste incurre durante la realización de su Trabajo. Si dicho Trabajo se realiza en una institución de bienestar social, sin fines de lucro u otro tipo de organización que demuestre que no cuente con los recursos o presupuesto, se podría dispensar totalmente dicho pago. Para lo anterior, se requiere el consentimiento expreso por parte del estudiante. Para el caso de los proyectos interdisciplinarios, la compensación deberá ser equitativa entre los estudiantes participantes.

En caso de incurrirse en gastos relacionados con la realización del proyecto (análisis de laboratorio, encuestas, papelería, impresiones, software, entre otros) la empresa se hará cargo de estos gastos.

Artículo 22

En caso de que el Trabajo Final de Graduación requiera confidencialidad, a criterio de la empresa o institución, debe suscribirse un acuerdo de confidencialidad entre la empresa o institución y el estudiante. Este acuerdo deberá ser avalado por el profesor tutor y el coordinador del Trabajo Final de Graduación, este último debe emitir una resolución fundamentada en donde se ratifique el citado acuerdo. Este acuerdo de confidencialidad no puede ir en detrimento de la evaluación efectiva del Trabajo Final de Graduación. En el caso de los proyectos interdisciplinarios, el acuerdo de confidencialidad será suscrito entre la empresa o institución y los estudiantes involucrados, con el aval de los profesores tutores y coordinadores de trabajos finales de graduación de las carreras participantes.

Artículo 23

El estudiante reprobará el Trabajo Final de Graduación cuando incurra en una falta grave durante el desarrollo de este, según lo estipula este reglamento y la normativa Institucional vigente.

Artículo 24

Si el estudiante no estuviera de acuerdo con las resoluciones del profesor tutor, del coordinador o del Tribunal Evaluador, deberá plantear por escrito un recurso de revocatoria dentro de los tres días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución. El profesor tutor, el coordinador o el Tribunal Evaluador, dará su respuesta en los cinco días hábiles siguientes. De no quedar satisfecho con la respuesta, el estudiante podrá apelar por escrito ante el director de escuela o el coordinador del área académica en un plazo no mayor de tres días hábiles a partir de la fecha en que vence el período de respuesta del profesor tutor, del coordinador o del Tribunal Evaluador. A su vez, el director de escuela o coordinador de área académica contará con cinco días hábiles para dar su respuesta. De no quedar satisfecho con la respuesta, el estudiante podrá apelar por escrito ante el Consejo de Escuela o de Área Académica, en un plazo no mayor de tres días hábiles a partir de la fecha en que vence el período de respuesta del director de escuela o coordinador de área académica. El Consejo de Escuela o de Área Académica dará su respuesta en los cinco días hábiles siguientes y agotará la vía administrativa.

Capítulo VII. De las faltas

Artículo 25

Para los efectos de este reglamento, se consideran faltas graves las siguientes:

1. El abandono por parte del estudiante del Trabajo Final de Graduación.

2. La no entrega del Informe Final del Trabajo Final de Graduación tanto a la escuela o área académica como a la respectiva empresa o institución.

3. El hurto de cualquier material o equipo en la empresa o institución donde realiza su Trabajo Final de Graduación.

4. La violación dolosa o negligente del Acuerdo de Confidencialidad.

5. La negligencia en el uso del equipo en la empresa o institución.

6. El incumplimiento de la normativa de la empresa o institución.

7. El incumplimiento en los plazos u obligaciones del Trabajo Final de Graduación.

8. Cualquier acción que atente contra la moral y las buenas costumbres.

9. Cualquier otra acción, calificada como tal por las escuelas o áreas académicas participantes.

Capítulo VIII. Disposiciones finales

Artículo 26. De la vigencia

Este Reglamento rige a partir de su aprobación por el Consejo de Docencia y su publicación en la Gaceta Institucional y deroga el publicado en la Gaceta No. 157, del mes de marzo del 2004.

Este reglamento fue revisado y actualizado por la Comisión de PFG con apoyo en los aportes hechos por los miembros del Consejo de Docencia, la Oficina de Planificación Institucional y Asesoría Legal del ITCR.

Así aprobado por acuerdo del Consejo de Docencia, Sesión Ordinaria Número 12-2021, artículo 6, inciso a, del 25 de agosto del 2021.

Publicado en fecha 25 de marzo del 2022 mediante la Gaceta Número 888-2022 de fecha 24 de marzo del 2022.