Normas de Reconocimiento de Derechos de Autor

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Reglamento derogado

Artículo 1

La Editorial podrá adquirir derechos de edición y publicación de obras que se le presenten o contratar su preparación.

Artículo 2

Las siguientes normas regularán el reconocimiento de derechos de autor con motivo de la publicación de libros por la Editorial Tecnológica de Costa Rica.

Artículo 3

En todos los casos, las obras serán editadas y publicadas previa firma de un contrato con el autor. Este contrato deberá, tramitarse conforme con lo establecido en la legislación vigente.

Artículo 4

El autor recibirá como pago por concepto de reconocimiento de derechos de autor un monto calculado sobre la base de un 15% del precio de venta de la edición o reimpresión completa y un 20% en el caso de nuevas ediciones de la misma obra.

Artículo 5

La Editorial, de común acuerdo con el autor, pagará el reconocimiento de los derechos de autor según alguna de las siguientes formas:

Por medio de liquidaciones semestrales y de acuerdo con las ventas efectivamente realizadas por la Editorial.

Por medio de un pago total, que la Editorial efectuará una vez que la obra haya sido editada, dentro de sus posibilidades presupuestarias.

En este último caso, la Editorial podrá pagar, por excepción un adelanto al autor, no superior al 40% del monto estimado por reconocimiento de derechos de autor una vez que la publicación de la obra haya sido aprobada por el Consejo Editorial.

Artículo 6

Cuando la obra se realice por encargo, los derechos de edición y publicación pertenecerán exclusivamente y por tiempo indefinido a la Editorial.

Artículo 7

En los demás casos, el autor conferirá a la Editorial, en forma exclusiva, los derechos de edición y publicación de la obra por un período de cinco años, renovable de mutuo acuerdo.

Artículo 8

En cada contrato se establecerá que este Reglamento forma parte de él.

Aprobadas por el Consejo Director, en Sesión No. 1146/2, celebrada el 20 de enero de 1983.

 

Nota: Por artículo 13 del Reglamento para el establecimiento de contratos de edición de obras de la Editorial Tecnológica de Costa Rica, Aprobado por acuerdo del Consejo Institucional, Sesión Ordinaria Número 3258, Artículo 9 del 6 de abril de 2022 y Publicado en fecha 8 de abril del 2022 mediante la Gaceta Número 898-2022 del 8 de abril del 2022, se derogó el presente reglamento. Es todo.