Interpretación del Artículo 26, del Reglamento de Carrera Profesional

Categoría:
Estatuto Orgánico, Interpretaciones, Normas Reglamentarias y Ley Orgánica

Interpretación del artículo:

La expresión “Los Profesores con grado de doctor que ingresen en propiedad al ITCR se ubicará directamente en la categoría de Adjunto” del Artículo 26 del Reglamento de Carrera Profesional del Instituto Tecnológico de Costa Rica y sus reformas, deberá entenderse en el sentido de que la persona debe haber obtenido el doctorado en fecha anterior a la del nombramiento indefinido (nombramiento en propiedad).

Así interpretado por el Consejo Institucional, Sesión Ordinaria No. 3316, Artículo 18, del 28 de junio de 2023.
Publicado en fecha 30 de junio del 2023 mediante la Gaceta Número 1118-2023 de fecha 29 de junio del 2023.