Reglamento derogado por acuerdo del Consejo de Docencia en Consulta Formal, Sesión 02-2023, articulo único del 3 de febrero del 2023
Publicado en fecha 3 de marzo del 2023 mediante la Gaceta Número 1053-2023 de fecha 1 de marzo del 2023.
Este Manual Cumple con el requisito del Art. 15 del Reglamento de Normalización
Mayo del 2000
1. PRESENTACION
Este manual tiene como propósito principal facilitar y brindar la información, el conocimiento y el apoyo necesarios para que el desarrollo curricular de la institución se lleve a cabo en forma proactiva , con base en criterios técnicos y de acuerdo con los lineamientos institucionales.
Los lineamientos generales buscan coadyuvar al desarrollo curricular, y brindan los fundamentos generales para su ejecución. Se fundamenta en la necesidad de que existan criterios de orden que lo racionalicen. Por otra parte, se busca integrar los procedimientos y prácticas curriculares con los procesos de acreditación de carreras y programas. Se busca, también, señalar la responsabilidad que le cabe a las Escuelas o Departamentos, en lo específico a sus directores; hacer el seguimiento del impacto de los planes de estudio y de las modificaciones curriculares; de confrontarlos con los fundamentos y objetivos del mismo y de las justificaciones que fundamentaron las modificaciones. Además, determinar el grado de cumplimiento de los mismos y de la veracidad de las justificaciones. Este proceso constituye un valioso instrumento de retroalimentación.
En modo alguno este manual, en cuanto a procedimientos para el diseño de planes de estudio o actualizaciones curriculares, es exhaustivo. Los procesos de recopilación de información, análisis y diseño que conlleva impiden, tanto por el proceso en sí como por respeto al trabajo de las Escuelas o Departamentos, normar y definir todas las acciones que deben ejecutarse. La misma dinámica del desarrollo curricular y de los procesos de acreditación lo impedirían.
Cualquier tipo de cambio o diseño de un plan de estudio, desde los primeros pasos, debe contar con la asesoría de un curriculista del CEDA. Esta labor facilita el proceso de revisión y aprobación dado que se va construyendo en coordinación el cambio requerido para la nueva opción académica.
Se incluyen anexos como herramientas para poner en práctica el manual, a saber: los lineamientos y orientaciones aprobados para el diseño y modificaciones curriculares, los pasos para el diseño de nuevos planes de estudio y la documentación que es necesario aportar.
Los criterios, instrumentos y procedimientos de este Manual son de acatamiento obligatorio para las escuelas, departamentos e instancias que tengan que ver con el desarrollo curricular en cuanto a planes de estudio de pregrado, grado y posgrado. Se refiere, también, a los cursos que ofrecen las Escuelas o Departamentos que dan servicio y a los programas en convenio a la Fundación del Instituto Tecnológico de Costa Rica.
2. OBJETIVOS
a. Brindar pautas teórico-prácticas para:
- La planificación, la organización, la estructuración y la presentación del plan curricular de cualquier opción académica.
- El establecimiento y utilización de los mecanismos de control necesarios durante la ejecución de las opciones académicas.
- La planificación, la organización y la presentación de actualizaciones curriculares.
b. Brindar la información normativa y orientadora (institucional, de CONARE, de organismos supranacionales con los que se tenga convenio u otros) necesaria para realizar eficientemente el desarrollo curricular.
c. Favorecer el desarrollo de una cultura de calidad académica a la que está obligada toda institución universitaria.
d. Garantizar el cumplimiento de las condiciones y requisitos mínimos para el desarrollo curricular.
3. LINEAMIENTOS GENERALES
El uso de este manual se inscribe dentro de una concepción integral. Sus lineamientos y prácticas se dan respetando e interrelacionando todos los componentes que participan en la dinámica institucional. Se establecen pautas para ver de qué forma afecta el entorno y los diferentes grupos involucrados en las decisiones curriculares, y cómo estar atentos para detectar esos cambios.
La estructura y funciones de la institución, desde una perspectiva sistémica, deben facilitar la ubicación y la superación de eventuales desajustes curriculares con respecto a lo estipulado en el Estatuto Orgánico, sus políticas de desarrollo y la normativa vigente.
También, busca la promoción de la siguiente idea: que la práctica sea coherente con el sentido sistémico que, se quiera o no, determina y modela la cultura de la institución; es decir, que no sólo sea un procedimiento formal de cumplimiento obligatorio, sino que sirva para prevenir, corregir, mejorar y reelaborar situaciones procesales de la realidad institucional y curricular.
Por otra parte, brinda criterios y procedimientos que promueven el mejoramiento continuo de la calidad académica y la búsqueda de información relevante para la toma de decisiones. También imprescindibles para los procesos de auto-evaluación y acreditación.
Estos criterios y procedimientos deben facilitar el trabajo de los directores, docentes y administrativos de las Escuelas o Departamentos sobre la calidad en la oferta académica y, a la vez, promover y consolidar una cultura de evaluación curricular permanente.
Por último, para definir los procedimientos específicos, los estudios de mercado, la elaboración del perfil académico profesional y las actualizaciones curriculares, las Escuelas o Departamentos deben solicitar la asesoría del CEDA.
4. EL PLAN DE ESTUDIOS
El plan de estudios, con base en los objetivos y perfil académico profesional, especifica las condiciones para la formación de los estudiantes.
Todo plan integra las necesidades y demandas socioeconómicas del entorno y los requerimientos de la normativa institucional. En este sentido, no solo representa el juicio de expertos, o el reflejo fiel de las necesidades y demandas de entorno, sino que, de manera dialéctica, las interpreta coherentemente y las traslada racional y sinérgicamente al plan de estudios.
Todo plan está constituido por:
a. Justificación
b. Objetivos de la Escuela o Departamento
c. Objetivos del plan de estudios
d. El Perfil Académico Profesional
e. Diagrama del plan de estudios
f. Mecanismos de administración y seguimiento
4.1 JUSTIFICACIÓN
Fundamentación del plan de estudios
La fundamentación consiste en el principio de que un plan de estudios se diseñe en función de responder a las necesidades, expectativas y, sobre todo, al contexto en que se genera.
Parte importante de los fundamentos son los conceptos teórico-prácticos que dan soporte a la disciplina; los fundamentos científico-tecnológicos, económico-políticos y pedagógicos en que se enmarca el proceso de enseñanza aprendizaje.
También, incluye aspectos como: objeto de estudio de la disciplina, propósito de la carrera, relación del egresado con el contexto social, las características particulares del egresado y las características del mercado laboral por impactar.
Objeto de estudio de la disciplina
Se refiere al área del conocimiento por conocer EL PLAN DE ESTUDIOS (PE). El ámbito científico tecnológico que lo determinan. Los principios e instrumentos que permiten al profesional desempeñarse eficientemente. Las habilidades y actitudes, generales y especificas, que debe adquirir un estudiante en el transcurso de la carrera.
Propósito del plan de estudios
El propósito del PE queda plasmado en los objetivos generales. Consisten en los espacios por cubrir mediante la docencia, la investigación y la extensión. También debe considerar los ámbitos laborales por impactar. El propósito debe ser coherente con los fines y principios que norman la institución, y el desarrollo académico.
Características particulares del egresado
Se plantean los conocimientos, actitudes y habilidades propias del egresado del Instituto Tecnológico de Costa Rica que lo diferencian de graduados en otras universidades o centros académicos.
Características del mercado laboral
Cada sector productivo posee una cultura organizacional que lo determina, hábitos, comportamientos, relaciones, experiencias científico tecnológicas y formas de hacer las cosas, buenas y malas, que deben tomarse en cuenta.
4.2 OBJETIVOS DE LA ESCUELA O DEPARTAMENTO
Los objetivos consisten en la exposición de los propósitos de creación, desarrollo y funcionamiento de la Escuela o Departamento. Los fundamentos que sustentan las actividades de docencia, investigación y extensión. Los principios que la guían en su participación institucional y nacional, deben ser coherentes con los fines y principios declarados en el Estatuto Orgánico, la misión, visión y políticas de desarrollo del TEC. Los fines que provengan de los sectores laborales de impacto, en lo científico - tecnológico y la cultura que los determinen.
4.3 OBJETIVOS GENERALES DEL PLAN DE ESTUDIOS
Los objetivos se constituyen en la herramienta que permite evaluar los logros que persigue la oferta académica. Se diseñan en sentido general, presentando los ideales que se desea alcanzar a través de los procesos docentes, de investigación y extensión inherentes y al dinamismo humano y académico que se genera alrededor de una Escuela o Departamento.
4.4 PERFIL ACADEMICO PROFESIONAL ( PAP)
Definición:
El perfil académico profesional es el conjunto de conocimientos, actitudes, valores, destrezas psicomotoras e intelectuales y emocionales que debe poseer el futuro profesional para que satisfaga con éxito a las necesidades y deseos personales y sociales.
El PAP, contiene los elementos que permitan al profesional desempeñarse con éxito. Su diseño puede obedecer a dos necesidades: constituirse en el fundamento de una nueva carrera o en la base teórico-práctica para la modificación de una existente.
La propuesta de modificación parcial o total de los objetivos, contenidos, metodología, sistema de evaluación o de la estructura curricular (semestres, trimestres, etc.), del plan de estudios, obliga a una revisión del PAP.
Cuando corresponda, toda revisión para actualizaciones curriculares, debe analizar de qué forma afecta el PAP.
Los contenidos del PAP, son el soporte de los cursos. Los contenidos de los programas de los cursos, tienen su referente en el PAP. No pueden existir contenidos que no tengan ese referente. Y los contenidos del PAP, representan las necesidades, características, condiciones, problemas, expectativas del sector del impacto del futuro profesional. De ahí que el PAP no es un mero requisito formal.
Debe asumirse como un proceso investigativo, analítico y participativo en donde se requiere ser exhaustivo para incluir los elementos que lo sustenten.
A futuro, por los procesos de acreditación, los PAP serán revisados y replanteados. Esto debe provocar una atención constante y planificada. Incluso, si se atiende en forma permanente, igual que el resto de los componentes de plan, no se tendrá que hacer grandes adecuaciones a la hora de someter la carrera al proceso de acreditación. El principio sería estar preparados permanentemente para enfrentar con éxito ese proceso.
Criterios para la elaboración de un PAP
Existen varias metodologías para diseñar el PAP. La mayoría hace referencia a los siguientes criterios:
- El diseño debe ser participativo; involucra a todos los actores. Cuando el diseño proceda de una Escuela existente, los estudiantes deben ser consultados cuando se trate de una modificación, al fin y al cabo ellos serán los usuarios de la oferta. Cuando se trate de un nuevo plan, que no tiene el soporte administrativo de una Escuela o Departamento, igual deberá tomar en cuenta el juicio de expertos. En este caso el documento deberá indicar a cual o cuales Escuelas se adscribirá la carrera o si se propone la creación de una nueva Escuela.
- Deberá tomarse en cuenta los conceptos y principios planteados en la justificación o el marco de referencia. De hecho son parte del fundamento teórico del perfil.
- Tomar en cuenta las necesidades y características del sector de impacto del futuro profesional. La problemática del sector laboral, en todas sus dimensiones. Es frecuente que un buen egresado vea disminuidas sus posibilidades de desarrollo por problemas del entorno, por estructuras administrativas inadecuadas, por culturas laborales rígidas, por limitaciones en los procesos y equipos tecnológico inapropiados.
- Analizar los roles que podría desempeñar los profesionales, con sus respectivas tareas y los conocimientos, actitudes, valores, destrezas necesarios para ser eficientes. Lo que hacen actualmente y lo que podrían hacer en un futuro próximo. Esto se denomina perfil real ( PR), lo que hacen o harán a mediano plazo los profesionales en ese sector.
- Tomar en cuenta el juicio de expertos, académicos y profesionales con experiencia en el sector de impacto de la carrera. Lo que necesitaría un egresado de la carrera para desempeñarse con éxito. Incluyendo las posibilidades científicas, técnicas y tecnológicas con las cuales tendría que trabajar el egresado. Perfil ideal. ( PI ).
- Incluir los valores, principios éticos y destrezas emocionales contenidas en las políticas de desarrollo institucional y las aceptadas y promovidas por la sociedad costarricense que favorezcan el desarrollo justo, armónico y solidario.
- Favorecer las experiencias, contenidos y prácticas que permiten el desarrollo pleno del individuo: como persona, como ciudadano y como profesional.
Áreas del perfil académico profesional
Su contenido se puede ubicar en tres áreas: académica, personal y laboral
- Área Académica.
En esta área se consideran los contenidos y experiencias científicas, técnicas e instrumentales que permiten al profesional trabajar en el mercado laboral.
En el campo de la disciplina se refiere a los conocimientos (leyes, o principios, conceptos), destrezas intelectuales y habilidades que le permiten comunicarse y desarrollarse armoniosamente en la sociedad.
Conocimientos teóricos-prácticos en sub-áreas como la tecnología de punta en disciplina, informática y telemática, psicología para el trabajo y de la personalidad, administración de empresas, sociología empresarial, expresión oral y escrita, idiomas extranjeros, etc.
Habilidades y destrezas como la capacidad para trabajar en equipo, para supervisar, capacitar, brindar informes, etc.
- Área Personal.
Contempla los valores y las actitudes que dicta la sociedad y la institución para el desempeño profesional.
Valores y actitudes tales como: actitud investigativa, ética, creatividad, superación personal, crítica y autocrítica, tolerancia, respeto al pensamiento divergente, lealtad, valor al trabajo, liderazgo, estabilidad emocional, etc.
- Área Laboral.
Se refiere a las competencias profesionales para el desempeño en el ámbito laboral: planeamiento y control estratégico, toma de decisiones, responsabilidades de gestión como profesionales.
4.5 DIAGRAMA DEL PLAN DE ESTUDIOS
Este diagrama indica los cursos del plan de estudios, que contemple: Nombre de las asignaturas y el código, horas teoría - horas práctica, número de créditos. Deberá mostrar: número de ciclos, número de cursos por ciclo lectivo, horas teoría - práctica, código, sistema de requisitos y correquisitos, electivas, talleres. Es una síntesis que muestra el orden lógico de los cursos del plan de estudios, mostrando, en una sola hoja, los elementos señalados anteriormente.
4.6 MECANISMOS DE ADMINISTRACION Y SEGUIMIENTO
Por su importancia, y por ser parte de las funciones de la Escuela o Departamento o departamento y del director, debe plantearse la estrategia general con que se administrará el plan; la administración curricular, el seguimiento, el mejoramiento; en fin, el control que usarán para evaluar el cumplimiento de los objetivos del nuevo plan o de las modificaciones realizadas. Para esto deberá usar índices como: de promoción general, por curso, de deserción, el impacto del egresado en el medio laboral.
5. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACION DEL PERFIL ACADEMICO PROFESIONAL Y EL PLAN DE ESTUDIOS
5.1 PASOS
1. Recopilación de la información dentro de lo que denominaremos perfil real (reflejo del campo laboral) y perfil ideal (Juicio de expertos). Para facilitar esta labor se parte de los roles o funciones que desempeñan o desempeñarán los profesionales, las tareas para cada una de esas funciones y los conocimientos, actitudes, valores y destrezas para el desempeño de esas tareas.
2. Señalamiento y enumeración de las debilidades (problemas) y fortalezas del sector de impacto de los profesionales.
3. Confrontación de los dos perfiles: PR- PI. Análisis de concordancias y discrepancias de los contenidos de ambos perfiles. De esta etapa saldrá la lista definitiva de conocimientos, actitudes, valores y destrezas que servirán para el diseño de las asignaturas y sus contenidos.
4. Ordenamiento de la información relevante en listas de conocimientos, actitudes, destrezas y valores. En este momento se tiene el PAP.
5. Se ordenan los elementos que constituyen el PAP, en los siguientes componentes: formación básica, técnica - profesional y la administrativa.
6. Se ordena los elementos en sub-áreas: formación básica: biología, física, matemática y química, ciencias sociales, humanidades e idiomas. Técnica profesional: de la disciplina, informática, telemática, etc.
7. Se establecen las asignaturas del plan de estudios. Se construyen los objetivos de aprendizaje generales.. Los contenidos de los cursos provienen de los conocimientos, actitudes, valores y destrezas que establece el perfil. Su cantidad, amplitud, profundidad, las destrezas intelectuales y actitudinales que busquen desarrollar, dependerán de los objetivos generales y específicos que se le asignen, de tal forma que la modificación de uno afecte al otro componente.
8. Así mismo, el diseño del programa de cada asignatura se hace con base al Reglamento del Régimen de Enseñanza - Aprendizaje. Se asigna, a los temas y subtemas, los objetivos específicos de aprendizaje correspondientes, haciéndolos compatibles con los contenidos específicos. Se asigna horas frente al profesor, horas de estudio, investigación, diseño o resolución de casos, proyectos específicos, trabajo en equipo, talleres, laboratorios, elaboración de informes, estrategias de enseñanza - aprendizaje, estrategia general de evaluación, se indica el tipo de curso, etc.
9. Asignación de créditos. El número de créditos se asignará tomando en cuenta, además de lo que establece la definición, los conocimientos, actitudes, destrezas y valores asociados a cada asignatura.
10. Por la importancia que tiene la asignación de los créditos a los cursos, por el número mínimo y máximo de cada opción académica y por lo que deben reflejar, en cuanto a tiempo de enseñanza por parte del profesor y de aprendizaje por parte del estudiante, cabe indicar la definición de crédito por parte de CONARE. Para su cálculo se proporciona el diagrama que aparece en los anexos..
11. Cuando se trabaje con cuatrimestres, trimestres, bimestres, cursos de seis semanas o mensuales se deben hacer los ajustes respectivos. En el caso de maestrías y doctorados, se entiende que el tiempo fuera de clase supera el número de horas frente al profesor, por lo que se debe tomar en cuenta en el cálculo del tiempo y de los créditos.
12. Definición de requisitos y correquisitos. Su diseño se hace con base en el juicio de los expertos de cursos de servicio y de las Escuelas o Departamentos. Se debe respetar lo que indica la normativa vigente.
5.2 INDICADORES GENERALES
El proceso, para la elaboración del perfil académico profesional y del plan de estudios, es por aproximación en donde se va construyendo analítica y progresivamente el cuerpo de elementos que servirán de base para los contenidos y experiencias de enseñanza - aprendizaje del plan de estudios.
Aún constituido el PAP y elaborados los contenidos y experiencias del plan, cabe que se hagan modificaciones en los primeros períodos de ejecución, esto dependerá del tiempo transcurrido para su aprobación, tiempo en que pueden cambiar las condiciones generales que dieron origen al programa o de los resultados de las primeras experiencias.
La asignación de cursos por período lectivo, número de horas por semana y número de créditos se hará de acuerdo con lo que dispone la normativa vigente.
En el diseño de una carrera, la Escuela o Departamento deberá tomar en cuenta la inclusión de tres Centros de Formación Humanista, que serán matriculados por los estudiantes en cualquier momento a lo largo de la carrera.
Los requisitos a presentar para el diseño de nuevos planes de estudio de grado y posgrado se encuentran en los anexos.
Se deben de tomar en cuenta las consideraciones necesarias en el curriculum para personas con algún grado de discapacidad, aplicando lo establecido en Ley 7600 sobre Igualdad de Oportunidades para las personas con Discapacidad y su reglamento.
Cuando el plan de estudios esté concluido, la Escuela o Departamento enviará al CEDA tres copias y los resúmenes ejecutivos para los miembros del Consejo de Docencia. Esta instancia se encargará de hacerlos llegar a la Vicerrectoría de Docencia.
El documento del plan de estudios debe contener:
Justificación.
Fundamentos curriculares: estrategias y prácticas pedagógicas
Fundamentos económicos, políticos y socio – culturales.
Fundamentos científico – tecnológicos
Objetivos generales.
Objetivos de la Escuela o Departamento
Objetivos del plan de estudios
Perfil Académico Profesional.
Diagrama de flujo del nuevo plan de estudios.
Modelo de administración y seguimiento.
Recursos humanos: docentes y administrativos.
Recursos financieros, equipo, espacio físico.
Además, deben quedar claramente expresados los siguientes aspectos:
Duración de los ciclos.
Señalar si los cursos son semestrales o anuales, y los trabajos prácticos en que el estudiante no asista al salón de clases.
La opción pedagógica (modelo pedagógico) que caracterizará el plan de estudios. Ejemplos, una opción centrada más en la práctica que en la teoría, en el descubrimiento más que en la clase magistral, en el estudio o diseño de casos, más en aprender a aprender o en el aprender haciendo, etc.
- Requisitos de ingreso y permanencia en el programa.
Perfil psicosocial y académico deseable del estudiante que ingresa; tiempo de dedicación, horario de clases y de prácticas; mecanismos de selección y nivelación.
- Cupo máximos y mínimos.
De acuerdo con la normativa vigentese deben establecer los cupos mínimos y máximos para iniciar el programa.
- Costos del programa.
Gastos de implementación, de funcionamiento, de matrícula, recurso humano, costo por crédito, materiales, equipo, etc. Deben expresarse por año, tomando en cuenta el crecimiento vegetativo, porcentajes deserción y promoción estimados.
- Recurso humano.
Incluir profesores, formación académica y experiencia profesional en el sector laboral, tiempo de contratación. Apoyo administrativo, coordinadores, secretaría, encargados de laboratorios y talleres, etc.
- Recurso humano.
Incluir profesores, formación académica y experiencia profesional en el sector laboral, tiempo de contratación. Apoyo administrativo, coordinadores, secretaría, encargados de laboratorios y talleres, etc.
- Recursos materiales.
Infraestructura, equipo didáctico, material y equipo para talleres y laboratorios, aulas, laboratorios, talleres, etc.
- Proyección de mantenimiento y renovación de espacio físico y equipo.
6. LAS ACTUALIZACIONES CURRICULARES.
6.1 CONSIDERACIONES PARA LAS ACTUALIZACIONES CURRICULARES
Los cambios o modificaciones al plan de estudios se hacen con base en la evaluación permanente que ejecutan los directores de Escuela o Departamento y sus Consejos.
Los procedimientos para la aprobación de los cambios se ajustarán a las políticas institucionales, de la Vicerrectoría de Docencia, la normativa de desarrollo curricular y a las emitidas por el Consejo Nacional de Rectores.
En las modificaciones deben participar todas aquellas personas que afecta el cambio. En principio: el director de la Escuela o Departamento, los docentes y la representación estudiantil. Los criterios deben quedar claramente expresados; así como la justificación de las actualizaciones y el acuerdo del Consejo de Escuela o Departamento avalándola.
Los cambios que involucren cursos de otras Escuelas o Departamentos, deberán ser analizados en conjunto. El instrumento principal para tomar una decisión será el Perfil Académico Profesional. Por tanto este deberá revisarse periódicamente, en función de los cambios científico – tecnológicos del entorno. En consecuencia el otro componente que debe ser analizado, y si es necesario modificado, son los objetivos generales del plan de estudios.
En la medida que los cambios se ajusten a principios curriculares y pedagógicos, los procesos de seguimiento o autoevaluación para la acreditación serán mucho más fáciles de ejecutar.
Las condiciones académicas y del entorno que impulsan un cambio en el plan de estudios, son las siguientes:
- Cambio en las condiciones científico – tecnológicas del sector productivo de. impacto de los egresados
- Cambios en las condiciones económicas, políticas y culturales de la sociedad.
- Competencia por puestos de trabajo en el sector laboral.
- Ofertas académicas de otras universidades.
- Ajustes entre los objetivos del plan de estudios y los componentes micro curriculares.
- Auto - evaluación y auto – regulación para la acreditación.
La lógica de los trámites de cambios se fundamenta en los siguientes principios:
- La necesidad de que las modificaciones se ajusten a las políticas institucionales, a las normas institucionales de desarrollo académico y principios de evaluación y diseño curricular.
- El que las autoridades institucionales se enteren de los procesos de desarrollo curricular de las carreras.
- La necesidad de que las modificaciones sean conocidas, discutidas y aprobadas por el Consejo de Docencia, en el afán de enriquecer el desarrollo académico de la institución.
- El control de los planes de estudio por parte de la Oficina de Registro para efectos de otorgar títulos y certificaciones.
- Los directores de Escuela o Departamento serán los responsables del seguimiento de las actualizaciones, de forma que impacten el plan de estudios en general y el proceso de enseñanza - aprendizaje.
6.2 PROCEDIMIENTO
El fundamento permanente que subyace, desde el punto de vista de procedimiento a este tipo de modificaciones, es la necesidad de que queden didáctica y curricularmente justificados.
Previo a iniciar al proceso de actualización del plan de estudio o de los cursos de Formación Básica, la Escuela o Departamento solicitará al CEDA la asesoría o asistencia, con el fin de colaborar en los aspectos teórico–prácticos del curriculum, y al señalamiento de la normativa vigente para este tipo de cambios.
El CEDA recibirá la solicitud de asesoría y asignará un encargado, quien trabajará con la persona o personas responsables del estudio o diseño de la modificación. El asesor revisará los borradores de documentos elaborados y enviará nota a la Escuela o Departamento con las observaciones y recomendaciones. En algunos ocasiones remitirá documentos o información necesarias para el proceso. En otros casos las recomendaciones buscan enriquecer el documento, tanto desde el punto de vista curricular como pedagógico. En todo caso, la recomendación será de cumplimiento obligatorio si afecta la normativa vigente.
El tiempo de aprobación de una modificación dependerá, principalmente, de la disposición del CEDA en la designación de un funcionario, del nivel de trabajo de la Escuela o Departamento y del trámite administrativo al interior de la institución.
7. TIPOS DE CAMBIOS
Todos los cambios deberán estar precedidos por una revisión de los Objetivos del Plan de Estudios y del Perfil Académico Profesional, puesto que cualquier modificación afecta a uno u otro, o a ambos.
Las Escuelas o Departamentos procurarán establecer los planes de transición, diseñados en el pasado, hacia un plan de equivalencias, con el propósito de evitar confusiones en los procesos de control curricular y reconocimiento de asignaturas y planes de estudio.
Los cambios o propuestas que se dan en una actualización curricular son de tres tipos:
Tipo I: Los aprobados por el Consejo de Escuela o Departamento.
Tipo II: Los aprobados por el Consejo de Docencia.
Tipo III: Los aprobados por el Consejo Institucional.
La instancia de aprobación dependerá del grado de complejidad en que se afecte al plan de estudios. De tal forma que los aprobados por las Escuela o Departamentos se refieren a modificaciones menores al Plan de Estudios, ámbito microcurricular. Y en su extremo los que competen al Consejo Institucional se ubican en aspectos o cambios macrocurriculares. Estos afectan componentes o funciones administrativo financieras, de espacio físico o de nombramientos de personal.
Lo que se busca con los cambios uno y dos, es hacer efectiva la responsabilidad que corresponde al Director y al Consejo de Escuela o Departamento en la administración curricular, y flexibilizar los procesos administrativos para llevarlos a cabo.
Los cambios aprobados por Consejo de Escuela o Departamento buscan ajustes menores en los planes de estudio. Se refieren a cambios microcurriculares que enriquecen la oferta a partir de la evaluación cotidiana que hacen los profesores y los estudiantes.
7.1 TIPO 1: APROBADOS POR EL CONSEJO DE ESCUELA
Los cambios de este tipo son:
- Cambio en los contenidos de un curso.
- Cambio en los objetivos generales de un curso.
- Ubicación de un curso en el plan de estudios.
- Ubicación de temas entre diferentes cursos adscritos a la Escuela o Departamento.
- Modificación en el sistema de evaluación o metodológico de un curso.
- Cambio de código de un curso.
- Nombre de un curso sin modificar el contenido.
- Cambio en los requisitos y correquisitos de un curso.
- Asignación o reasignación de créditos a un curso.
- Composición horaria de un curso.
- Cambio en la ubicación de un curso en el plan de estudios de una carrera.
Deberá aportar la siguiente documentación:
- Justificación de los cambios.
- Plan de estudios modificado.
- Programas de los cursos modificados.
- La ubicación actual y futura de los cursos requisito y correquisito.
- Tabla con la composición horaria del curso, para la nueva asignación de créditos.
- Nota de conformidad de las Escuela o Departamentos de servicio cuando haya cambios en estos.
- Y toda aquella información pertinente que explique y justifique los cambios solicitados.
Procedimiento
El procedimiento para este tipo de cambios tiene dos ámbitos: el interno y el externo.
Internamente deben hacerse los ajustes en el plan de estudios, si los hubiere, con base en los acuerdos del Consejo de Escuela o Departamento. Ejemplo, adecuación entre contenidos y objetivos de aprendizaje o viceversa, ajustes al cambiar de ubicación de un curso, en cuanto a que afecte los cursos correquisitos, etc.
Externamente, la Escuela o Departamento deberá comunicar las modificaciones al CEDA. el cual, después de revisar si los cambios son adecuados, informará a la Vicerrectoría de Docencia y al Departamento de Admisión y Registro. El Vicerrector de Docencia informará a los miembros del Consejo de Docencia sobre los cambios realizados.
La Escuela o Departamento tendrá un plazo no mayor de 22 días calendario para comunicar éstas modificaciones.
7.2 TIPO 2: LOS APROBADOS POR EL CONSEJO DE DOCENCIA
Los cambios tipo II afectan sustancialmente la oferta académica; son de fondo. Por tanto, deben ser del conocimiento del Consejo de Docencia. Por lo general sus implicaciones son en el ámbito académico - administrativo, financiero o de recursos humanos.
- Cambio en los objetivos generales de una carrera.
- Cambio de nombre a la carrera.
- Variación en los requisitos de ingreso y graduación.
- Creación y eliminación de cursos.
- Modificación en la formación científica, humana y social.
- Plan de estudios para una nueva carrera.
- Plan de estudio nuevo para una carrera existente.
- Cambios que excedan el 20% en el total de cursos de una carrera ( en un período de cuatro años).
Documentos que se deben presentar:
Justificación de los cambios junto con,
- la modificación que se hace al perfil académico profesional
- el programa del curso que sufrirá la modificación
- el acuerdo del Consejo de Escuela o Departamento
- planes de estudios, vigente y modificado
- objetivos actuales y modificados
- requisitos de ingreso a la carrera, actuales y modificados
- requisitos de graduación, actuales y modificados
- programas de los cursos nuevos y de los que se eliminan.
Para un plan de estudios nuevo:
- Justificación.
- Fundamentos curriculares: estrategias y prácticas pedagógicas
- Fundamentos económicos, políticos y socio – culturales.
- Fundamentos científico – tecnológicos.
- Perfil Académico Profesional.
- Objetivos generales.
- Diagrama de flujo del nuevo plan de estudios
- Modelo de Administración Curricular.
- Recursos humanos: docentes y administrativos.
- Recursos financieros, equipo y espacio físico.
Creación de nuevos cursos electivos
Delegar en las Escuelas la aprobación de los cursos electivos y avalados por el CEDA, sin que se necesite la aprobación del Consejo de Docencia, bajo las siguientes condiciones:
1. Los cursos electivos pertenezcan a la Escuela que administra el plan de estudios, en caso de que alguno de los cursos pertenezca a otra Escuela, deberá ser conocido y aprobado por esa Escuela.
2. Los cursos electivos una vez aprobados por el Consejo de Escuela serán informados al Consejo de Docencia.
3. Dichos cursos sean incluidos den del “menú” de electivas, una vez que cumplan con la normativa vigente y las indicaciones de índoles curricular y pedagógico planteadas por el CEDA, quien tomará en cuenta como una de las referencias para el estudio, el perfil profesional, buscando la coherencia entre lo solicitado y la generalidad del plan.
4. La modificación de cursos existentes, la inclusión de nuevos o la eliminación deberán ser debidamente justificadas.
5. El CEDA informará a las diferentes Escuelas los cursos electivos que está analizando, previa autorización del mismo.
Creacion de nuevos cursos electivos aprobada por el Consejo de Docencia en Sesión 10-2003. Artículo 10, del 19 de junio 2003.
7.3 TIPO 3: LOS APROBADOS POR EL CONSEJO INSTITUCIONAL
El Consejo Institucional conocerá y aprobará, previo análisis del Consejo de Docencia, los siguientes cambios y creación de programas.
- Cambios en el nombre y duración de una carrera.
- Creación de una carrera nueva o un programa de posgrado.
- Creación de un grado nuevo para una carrera existente.
Las carreras nuevas y los posgrados también deben ser aprobados por el Consejo Nacional de Rectores previa evaluación de la Oficina de Planificación de la Educación Superior.
Realizado por Lic. Carlos Masís A.
Revisado por Ing. Mayra Alvarado U. y Lic. Mario Romero
Octubre 1999
MANUAL PARA EL DISEÑO DE PLANES DE ESTUDIO Y ACTUALIZACIONES CURRICULARES
ANEXOS
INFORMACIÓN PARA LA CREACION DE NUEVOS PLANES DE ESTUDIO
Mayo del 2000
TRAMITE PARA EL DISEÑO Y APROBACION DE UN PLAN DE ESTUDIOS
La Escuela o Departamento o instancia académica que desee crear un nuevo plan de estudios deberá seguir el siguiente trámite de presentación, diseño y aprobación del mismo. Se indica la información que deben presentar en cada una de las etapas.
ETAPA DEL PROCESO. INFORMACION REQUERIDA
Etapa del Proceso | Información Requerida |
Presentación: La Escuela o Departamento, enviará a la Vicerrectoría de Docencia la solicitud para la creación de un nuevo plan de estudios. La Vicerrectoría analizará la factibilidad institucional, académica y financiera de la nueva opción, con base a los planes de desarrollo de la institución y los recursos disponibles.
| Para la elaboración del documento, que acompaña la solicitud, deberá solicitarse la asesoría y asistencia del CEDA. Deberá presentarse un documento que contenga la siguiente información:
- Justificación del nuevo plan de estudios, desde el punto de vista de desarrollo institucional, científico – tecnológico de la disciplina y del sector social de impacto.
- Objetivos generales del nuevo plan de estudios.
- Perfil académico profesional con un desglose de los conocimientos, actitudes, valores, destrezas y habilidades que servirán para el diseño posterior de los contenidos de los programa de los cursos (a nivel general). |
Diseño: Si la propuesta es aceptada se continuará con el diseño del plan de estudios, con la colaboración de un funcionario del CEDA. El mismo se elaborará con base en lo que indica este Manual. Una vez que el mismo cumpla con todos los requisitos, el CEDA recomienda al Consejo de Docencia su estudio y aprobación. | La que indica este Manual. La propuesta no será aprobada por el CEDA, hasta tanto no se cumpla con la normativa vigente y las recomendaciones de índole curricular – pedagógico que se hagan. Tanto en el diseño de los componentes de los programas de los cursos: objetivos, metodología, estrategia de evaluación, como lo relacionado con el plan de administración y seguimiento. |
Aprobación: El Consejo de Docencia estudiará la propuesta y aprobará la misma. En caso de que la propuesta no se acepte, se tomarán las sugerencias de modificación recomendadas y se trabajará para su modificación o corrección con la asistencia de miembros del CEDA. Una vez que la propuesta del nuevo plan de estudios cumpla con todos los requisitos, la instancia enviará al CEDA los resúmenes ejecutivos para los miembros del Consejo de Docencia y tres copias del documento completo, uno queda en el CEDA, otro se envía a la Vicerrectoría de Docencia y el tercero se envía CONARE. Deberán enviarse resúmenes para los miembros del Consejo Docencia. |
EL CEDA ES EL RESPONSABLE DE ENVIAR LOS DOCUMENTOS CONCLUIDOS AL CONSEJO DE DOCENCIA.
PROCEDIMIENTOS Y REQUERIMIENTOS DE INFORMACION PARA LA CREACION DE PROGRAMAS DE TECNICOS.
Los programas de técnicos que imparten las Escuelas o Departamentos Docentes del Instituto Tecnológico de Costa Rica, son programas académicos de índole práctica, dirigidos a una población específica en el sector productivo y para los cuales no se requiere efectuar examen de admisión, ni de los requisitos formales de la institución y por lo tanto ningún programa y sus respectivos cursos serán reconocidos ni equiparados con cualquier programa oficial de las carreras del Instituto. Serán ofrecidos de acuerdo con la demanda y su autofinanciabilidad.
La Escuela o Departamento que promueva un programa de técnico en alguna disciplina afín deberá realizar todos los estudios indicados en este documento. La propuesta debe presentarse al Consejo de Escuela o Departamento para su estudio, análisis y aprobación.
Una vez aprobada la propuesta, la misma se presenta al Vicerrector de Docencia con toda la documentación para su estudio y valoración por parte de las unidades que se requiera, entre estás el CEDA, Oficina de Planificación Institucional y Asesoría Legal.
En un plazo de 15 días hábiles el Vicerrector, conforme el análisis realizado se pronunciará sobre la propuesta presentada. Si ésta es negativa informará el Director de Escuela o Departamento con las consideraciones del caso, para que la misma sea archivada o replanteada para reiniciar el proceso.
Si el pronunciamiento es positivo, se comunicará al Director de Escuela o Departamento la decisión. Esto con el objeto de que se realicen las gestiones necesarias para iniciar con el programa, este comunicado se hará con copia a la FUNDATEC con el fin de certificar que el programa cuenta con el aval de Instituto Tecnológico.
El Vicerrector informará al Consejo de Docencia, Consejo de Rectoría y Consejo Institucional sobre la creación de cada programa de técnicos autorizado.
Estos programas serán evaluados en cada generación de egresados por la Vicerrectoría de Docencia o por la Escuela o Departamento responsable a través del CEDA.
Culminación:
La información que debe presentar la Escuela o Departamento en la propuesta, es la siguiente:
1. Justificación del programa.
2. Objetivos generales.
3. Perfil académico.
4. Programas de los cursos, con la siguiente información:
- Código, número de horas: teoría – práctica.
- Objetivos generales del curso.
- Contenidos por temas y subtemas.
- Objetivos específicos.
- Estrategia de evaluación.
- Tipo de metodología general.
- Requisitos de aprobación de los cursos.
- Guías de laboratorio (si las tuviera).
- Literatura recomendada.
- Estrategia de administración del programa.
- Título a otorgar.
REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN PARA LA CREACIÓN DE UN DIPLOMADO.
El grado asociado incluye a todas aquellas carreras a las que se ha llamado “cortas”. Dentro de ellas se dan dos tipos: las terminales y las no terminales. Ambas deben tener un mínimo de 60 créditos y un máximo de 90.
1. La información que debe presentarse es la siguiente:
- Justificación del Programa. Incluye análisis y necesidades de mercado. Indicar si es terminal o no terminal. Y por qué cada tipo de diplomado.
- Fundamentos económicos, políticos y socio - culturales.
- Fundamentos científico – tecnológicos.
- Objetivos generales.
- Perfil Académico Profesional
- Fundamentos curriculares: estrategias y prácticas pedagógicas.
- Plan de estudios y programas de los cursos diseñados de acuerdo al Reglamento del Régimen de Enseñanza Aprendizaje.
- Cuadro con el cálculo y justificación de los créditos de cada uno de los cursos.
- Diagrama de flujo del nuevo plan de estudios: estructura curricular, cursos, horas, créditos, requisitos y correquisitos.
- Requisitos de ingreso.
- Aprobación de los cursos y permanencia en el programa.
- Modelo de administración curricular del programa.
- Equipo, espacio físico.
- Otros aspectos relevantes.
2. Para cada docente en propiedad que participará en la ejecución de cursos se debe presentar:
- Grado académico. En caso de haber sido otorgado por una universidad extrajera, deberá presentar el reconocimiento de CONARE.
- La jornada laboral.
- Experiencia profesional y docente.
- Idiomas que domina diferente al materno.
- Cursos de capacitación: seminarios, talleres, módulos, etc.
3. Experiencia de la unidad académica en programas de grado(en años) y de posgrado.
4. Asistencia técnica que recibirá el programa. Aportar convenios firmados con otras instituciones.
5. Las facilidades de investigación (equipo, biblioteca y capacidad de procesamiento de información).
6. Financiamiento para la puesta en marcha y desarrollo del programa propuesto, tomando en cuenta:
- Salarios, cargas sociales o imposiciones tributarias de docentes y administrativos, por período académico y por año.
- Materiales y equipo: de oficina y didácticos.
- Espacio físico.
- Pago de alquileres, si los hubiera.
- Otros.
REQUERIMIENTOS DE INFORMACION PARA LA CREACION DE UN BACHILLERATO.
El grado de bachillerato universitario tiene un mínimo de 120 créditos y un máximo 144 créditos. Culmina con el Diploma de bachiller universitario en el campo correspondiente.
El estudiante de una carrera corta que desee continuar estudios a nivel de grado deberá entonces completar el plan de estudios correspondiente y llenar el requisito mínimo de ingreso al grado.
1. La información que se debe presentar es la siguiente:
- Justificación del Programa. Incluye análisis y necesidades de mercado. Y el por qué un bachillerato.
- Objetivos generales.
- Perfil Académico Profesional
- Fundamentos curriculares: estrategias y prácticas pedagógicas.
- Plan de estudios y programas de los cursos diseñados de acuerdo al Reglamento del Régimen de Enseñanza Aprendizaje.
- Cuadro con el cálculo y justificación de los créditos de cada uno de los cursos.
- Diagrama de flujo del nuevo plan de estudios: estructura curricular, cursos, horas, créditos, requisitos y correquisitos.
- Requisitos de ingreso.
- Requisitos de aprobación de los cursos y permanencia en el programa.
- Requisitos de graduación.
- Modelo de administración curricular del programa.
- Equipo, espacio físico.
- Otros aspectos relevantes.
2. Para cada docente en propiedad que participará en la ejecución de cursos se debe presentar:
- Grado académico. En caso de haber sido otorgado por una universidad extrajera, deberá presentar el reconocimiento de CONARE.
- La jornada laboral.
- Experiencia profesional y docente.
- Idiomas que domina diferente al materno.
- Cursos de capacitación: seminarios, talleres, módulos, etc.
3. Experiencia de la unidad académica en programas de grado(en años) y de posgrado.
4. Asistencia técnica que recibirá el programa. Aportar convenios firmados con otras instituciones.
5. Las facilidades de investigación (equipo, biblioteca y capacidad de procesamiento de información).
6. Financiamiento para la puesta en marcha y desarrollo del programa propuesto, tomando en cuenta:
- Salarios, cargas sociales o imposiciones tributarias de docentes y administrativos, por período académico y por año.
- Materiales y equipo: de oficina y didácticos.
- Espacio físico.
- Pago de alquileres, si los hubiera.
- Otros.
REQUERIMIENTOS DE INFORMACION PARA LA CREACION DE UNA LICENCIATURA.
Para la carreras en la que no se otorga bachillerato el mínimo de créditos es de 150 y el máximo 180, cuando existe un bachillerato sus créditos se cuentan adicionales para la licenciatura, hasta 172.
Culminación: diploma de licenciado en el campo correspondiente. Se llama egresado a aquellos individuos que han aprobado el plan de estudios pero no han cumplido con el requisito del trabajo de graduación.
Desde el punto de vista de la Educación Superior el egresado de una licenciatura de una carrera en la que no se otorga bachillerato, no es profesional.
1. La información que deben presentar es la siguiente:
- Justificación del Programa. Incluye análisis y necesidades de mercado. Y por qué una licenciatura.
- Objetivos generales.
- Perfil Académico Profesional
- Fundamentos curriculares: estrategias y prácticas pedagógicas.
- Plan de estudios y programas de los cursos diseñados de acuerdo al Reglamento del Régimen de Enseñanza Aprendizaje.
- Cuadro con el cálculo y justificación de los créditos de cada uno de los cursos.
- Diagrama de flujo del nuevo plan de estudios: estructura curricular, cursos, horas, créditos, requisitos y correquisitos.
- Requisitos de ingreso.
- Requisitos de aprobación de los cursos y permanencia en el programa.
- Modelo de administración curricular del programa.
- Equipo, espacio físico.
- Indicar el tipo de trabajo final que deberán presentar los estudiantes para graduarse y los requisitos y procedimientos para hacerlo.
2. Para cada docente en propiedad que participará en la ejecución de cursos se debe presentar:
- Grado académico. En caso de haber sido otorgado por una universidad extrajera, deberá presentar el reconocimiento de CONARE.
- La jornada laboral.
- Experiencia profesional y docente.
- Idiomas que domina diferente al materno.
- Cursos de capacitación: seminarios, talleres, módulos, etc.
3. Experiencia de la unidad académica en programas de grado(en años) y de posgrado.
4. Asistencia técnica que recibirá el programa. Aportar convenios firmados con otras instituciones.
5. Las facilidades de investigación (equipo, biblioteca y capacidad de procesamiento de información).
6. Financiamiento para la puesta en marcha y desarrollo del programa propuesto, tomando en cuenta:
- Salarios, cargas sociales o imposiciones tributarias de docentes y administrativos, por período académico y por año.
- Materiales y equipo: de oficina y didácticos.
- Espacio físico.
- Pago de alquileres, si los hubiera.
- Otros.
REQUERIMIENTOS DE INFORMACION PARA LA CREACION DE UNA ESPECIALIDAD, MAESTRIA O DOCTORADO.
Los estudios de posgrado incluyen la maestría, el doctorado académico y la especialidad profesional. La maestría tiene un número de créditos mínimo de 60 y máximo de 72, además de los créditos del bachillerato correspondiente. El doctorado académico tiene un mínimo de 100 créditos y un máximo 120 créditos, además de los créditos del bachillerato correspondiente. El máximo y el mínimo de créditos mencionados incluyen los créditos asignados al trabajo de tesis o proyecto final. La especialidad profesional forma parte de los estudios de posgrado, pero posee características muy diferentes y se centra en una formación práctica especializada en un área determinada de la profesión.
Culminación: Maestría, diploma de maestría en el campo correspondiente. Doctorado, diploma de doctorado en el campo correspondiente. Especialidad profesional, diploma de especialidad profesional en el campo correspondiente.
1. En general el documento, debe contener la siguiente información:
- Justificación del Programa, incluye análisis y necesidades del mercado. Se justifica el por qué de la opción de posgrado: especialidad, maestría o doctorado.
- Referencia a otros posgrados existentes en el país o en el área centroamericana.
- Objetivos generales.
- Perfil Académico Profesional
- Fundamentos curriculares: estrategias y prácticas pedagógicas.
- Plan de estudios y programas de los cursos diseñados de acuerdo al Reglamento del Régimen de Enseñanza Aprendizaje.
- Cuadro con el cálculo y justificación de los créditos de cada uno de los cursos.
- Diagrama de flujo del nuevo plan de estudios: estructura curricular, cursos, horas, créditos, requisitos y correquisitos.
- Cursos de nivelación o propedeúticos. Incluir cuadro correspondiente.
- Aprobación de los cursos y requisitos de permanencia en el Plan.
- Requisitos de ingreso.
- Requisitos de graduación y diploma a otorgar.
- Modelo de administración curricular del Plan de Estudios.
- Equipo, espacio físico.
- Otros aspectos relevantes.
2. Para cada docente en propiedad que participará en la ejecución de cursos se debe presentar:
- Grado académico. En caso de haber sido otorgado por una universidad extrajera, deberá presentar el reconocimiento de CONARE.
- La jornada laboral.
- Experiencia docente.
- Idiomas que domina diferente al materno.
- Cursos específicos de capacitación: seminarios, talleres, módulos, etc.(a nivel de posgrado).
3. Experiencia de la unidad académica en programas de grado(en años) y de posgrado.
4. Asistencia técnica que recibirá el programa. Aportar convenios firmados con otras instituciones.
5. Las facilidades de investigación (equipo, biblioteca y capacidad de procesamiento de información.
6. Financiamiento para la puesta en marcha y desarrollo del programa propuesto, tomando en cuenta:
- Salarios, cargas sociales o imposiciones tributarias de docentes y administrativos, por período académico y por año.
- Materiales y equipo: de oficina y didácticos.
- Espacio físico.
- Pago de alquileres, si los hubiera.
- Otros.
7. Otros requisitos:
- El personal académico deberá poseer al menos el mismo título que otorgará el Plan de Estudios en el que vaya impartir cursos.
- Los profesores deben de tener una dedicación mínima de un cuarto de tiempo.
- Para desarrollar un programa de posgrado, la institución deberá contar con un mínimo, de cinco profesores a medio tiempo, como base
- Cada estudiante durante sus estudios tendrá un Profesor Consejero, con una especialidad afín a la del estudiante, el Consejo Coordinador del Programa podrá asignar a un profesor del ITCR ajeno al programa o a una persona ajena a la institución, pero que posea el grado académico y los méritos suficientes.(artículo 16 Reglamento Académico de Programas de Maestría, ITCR).
TABLA PARA EL CALCULO DE CREDITOS.
CREDITO: Es una unidad valorativa del trabajo del estudiante que equivale a tres horas reloj semanales de trabajo del mismo, durante quince semanas, aplicadas a una actividad que ha sido supervisada, evaluada y aprobada por el profesor.
El cálculo de los créditos de los cursos debe hacerse con el mayor cuidado, en cuando deben reflejar el esfuerzo y el tiempo que el estudiante deberá emplear para que se den.
Nombre del Curso | Horas Teoría | Laboratorio | Investigación | Consulta | Bibliografía | Visita Empresas | Trabajo en Grupos | Total Créditos: Horas / Tres |
En aula Indiv. | En aula Indiv. | En aula Indiv. |