En la Sesión Ordinaria No. 3193, celebrada el 30 de setiembre de 2020, el Consejo Institucional del Tecnológico de Costa Rica (TEC) aprobó la declaración de la continuidad del Consejo Institucional para sesionar de forma extraordinaria, temporalmente, a partir del 2 de octubre del 2020 para atender temas excepcionales y urgentes.
Lo anterior en el marco de los deberes de obligatoriedad, probidad y continuidad, para no comprometer el servicio público del Tecnológico de Costa Rica, mientras que el Tribunal Institucional Electoral (TIE) logre concretar la elección de un Representante de los Campus Tecnológicos Locales y Centros Académicos ante el Consejo Institucional.
Al no darse esta proceso, en el que se eligiría a la persona sustituta del representante de los Campus Tecnológicos Locales y Centros Académicos que salió del CI por motivo de su jubilación, el Consejo Institucional entró en una fase en la que no puede adoptar acuerdos de forma ordinaria, por falta de cuórum estructural.
Ante ese panorama, el Consejo Institucional buscó jurisprudencia universitaria y de la Procaduría General de la República (PGR) para que se le permitiera atender las obligaciones de manera extraordinaria, a partir del 2 de octubre.
Asimismo, el Consejo tomó una serie de precauciones y con un trabajo arduo, durante el anterior mes de setiembre, logró sacar adelante la toma de acuerdos urgentes y excepcionales, para que la gestión y la toma de decisiones indispensables para el funcionamiento de la Institución continuara en marcha.
La elección no se dio pues se iba a hacer de forma presencial y Costa Rica se encuentra actualmente en la etapa de contagio comunitario de la enfermedad COVID 19, lo que conlleva a un riesgo de exposición y de contagio mayor. Esta circunstancia obliga a toda la Institución a estar ajustando de manera continua las medidas tendientes a controlar el riesgo de las personas, según la situación de la pandemia y las indicaciones establecidas por el Ministerio de Salud.
Además, la protección de la salud y la preservación de la vida son elementos esenciales que orientan el quehacer institucional en todas sus fases, momentos y actividades, y prevalecer sobre otras consideraciones.
Este es el acuerdo:
a. Declarar que el Consejo Institucional sesionará solo de forma extraordinaria, temporalmente, a partir del 2 de octubre del 2020, para atender los temas que se califiquen como excepcionales y urgentes, en el marco de los deberes de obligatoriedad, probidad y la continuidad para no comprometer el servicio público, de lo que le confiere la Constitución Política, Ley Orgánica al Instituto Tecnológico de Costa Rica y el Estatuto Orgánico a este órgano, tal como lo permite la jurisprudencia de la PGR y universitaria.
b. Dicho acto deberá ser motivado por la Administración y se encuentra sujeto a control incluso de la jurisdicción contenciosa administrativa.
c. Autorizar el pago de las dietas a los Miembros que corresponden durante esas sesiones extraordinarias.
d. Informar que, el Consejo Institucional podrá sesionar de manera ordinaria cuando cuente con el cuorum estructural, toda vez que el TIE logre concretar la elección de un Representante de los Campus Tecnológicos Locales y Centros Académicos ante el Consejo Institucional.
e. Indicar que, contra este acuerdo podrá interponerse recurso de revocatoria ante este Consejo o de apelación ante la Asamblea Institucional Representativa, o los extraordinarios de aclaración o adición, en el plazo máximo de cinco días hábiles, posteriores a la notificación del acuerdo. Por así haberlo establecido la Asamblea Institucional Representativa, es potestativo del recurrente interponer ambos recursos o uno solo de ellos, sin que puedan las autoridades recurridas desestimar o rechazar un recurso, porque el recurrente no haya interpuesto el recurso previo.