varios anuncios con la aparición de la marca tec han circulado en redes sociales

Uso de la imagen del TEC con fines de lucro es ilegal si no se cuenta con permiso

El Tecnológico contacta y dialoga con las empresas que han cometido infracciones para evitar llegar a mayores instancias y perjudicar a los usuarios

22 de Julio 2020 Por: Geovanni Jiménez Mata
Persona modelando la careta protectora del TEC.

El Tecnológico liberó los planos de su modelo de careta protectora para que las empresas puedan fabricar dispositivos basados en ellos; sin embargo, el uso de la imagen de la Institución con fines de lucro no se puede realizar sin el debido permiso. Imagen: Archivo/TEC.

Luego de que circularan algunos anuncios en redes sociales e Internet en las que se incluye la imagen o el nombre del Tecnológico de Costa Rica (TEC) aparentemente respaldando ciertos dispositivos médicos relacionados con el covid-19 y ofrecidos a la venta por empresas, la Institución informa a toda su Comunidad y público en general sobre la legalidad y legitimidad del uso de la imagen del TEC.

La “Ley 7978 de Marcas y Otros Signos Distintivos” indica que una marca es un signo o combinación de ellos que tienen como finalidad diferenciar un producto o un servicio de su competencia.

Según dicho criterio, el abogado Pablo Bonilla -gestor de cooperación y proyectos del Centro de Vinculación- aclara que no se puede contextualizar al Tecnológico como una marca, sino que el TEC es una institución de educación pública superior que posee bienes (como campus, vehículos y fincas) y la marca es un bien más.

“La marca TEC es un activo intangible que se posee y por eso la Institución es titular de ella, así como de sus otros bienes, en el tanto se encuentren debidamente inscritos en el Registro Nacional”, explica el experto.

Bonilla considera que, en el caso de los productos relacionados con la pandemia, ha existido desinformación y confusión, ya que el TEC liberó los planos para la elaboración de los dispositivos médicos sin que tengan que pagarle a la Institución por su diseño; pero corresponde a cada fabricante el construirlos. “Lo anterior no implica que por estar liberado el diseño, se pueda usar la marca en el ámbito público. Hay que diferenciar estos dos aspectos: los planos liberados y la marca TEC; se trata de dos bienes diferentes de propiedad intelectual”, señaló.

Para que la inclusión de la imagen del TEC sea legal, el experto aclara que la persona o empresa debe contar con una licencia de uso de la marca, la cual es un contrato en el que la Institución autoriza a esa persona (física o jurídica) para que haga uso legítimo de la marca. En el caso específico de estos dispositivos médicos, se han cometido infracciones al poner la marca TEC en productos de salud sin que hubiese un contrato de licencia de por medio.

Una excepción a esa regla es para los estudiantes y funcionarios que hacen uso de la marca TEC para fines exclusivamente académicos, como en sus trabajos de clase o trabajos finales de graduación.

Con respecto a las consecuencias legales que podrían tener estas infracciones, el abogado cita que la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual Nº 8039 indica que se podría proceder con el decomiso y la destrucción de la mercancía, sanciones económicas y hasta penas de prisión en caso de falsificación de marcas, según el artículo 44 de dicha ley.

En el Tecnológico se evita llegar a estas instancias y se ha optado por llamar al supuesto infractor e informarle que está cometiendo un error; la idea es generar cultura sobre el uso responsable de las marcas y evitar posibles afectaciones para el consumidor”, finalizó Bonilla.

La marca TEC nunca se debe usar si es para lucrar y no se cuenta con el permiso. La pueden utilizar libremente estudiantes y funcionarios sin fines lucrativos. En cualquiera de los casos, si se tiene la duda, se recomienda consultar al Centro de Vinculación o a la Oficina de Asesoría Legal de la Institución.

Centro de Vinculación, Ley, marcas, Covid-19