Junta de Relaciones Laborales

La Junta de Relaciones Laborales del TEC es un órgano bipartito legalmente constituido por una conquista democrática de las personas trabajadores del Instituto Tecnológico de Costa Rica, creado mediante la Convención Colectiva, con el objeto de conocer, dictaminar  y resolver sobre los asuntos que expresamente le señale la presente Convención, en aras de mantener buenas relaciones laborales dentro del Instituto.

manos de personas sobre documentos

La función fundamental de la Junta es garantizar el debido proceso en casos de aplicación de sanciones a las personas trabajadoras, incluyendo el despido.

Según lo establece el artículo 67 convencional la Junta tiene dentro de sus competencias: 

a. Mediar a petición de la AFITEC, el Instituto o de los interesados, antes de que resuelva en definitiva la Rectoría o el Consejo Institucional según corresponda en los conflictos colectivos que se susciten en el Instituto, con el propósito de proponer por unanimidad una solución adecuada.

b. Resolver los conflictos originados en la interpretación y aplicación de la presente Convención, sin perjuicio de las acciones jurisdiccionales que contra sus resoluciones puedan ejercerse.

c. Conocer y dictaminar sobre las denuncias por transgresión o incumplimiento de cualquier disposición de la Convención Colectiva. En este caso, la Institución podrá recabar la prueba adicional que estime pertinente.

ch. Conocer y dictaminar sobre los demás asuntos que le señale la presente Convención.

d. Servir, a requerimiento del Departamento de Gestión de Talento Humano, de órgano consultivo en la materia de su competencia.

En los términos que señala el artículo 59 de la Convención Colectiva la Junta de Relaciones Laborales estará integrada por cuatro miembros, dos personas representantes de la AFITEC y dos personas representantes del Instituto, todos con carácter titular y cada representante tendrá su respectivo suplente. 

Actualmente se encuentra integrada por: 

Representación institucional titular:

Representación sindical titular

Representación institucional suplente

Representación sindical suplente

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