Reglamento Interno Trabajo Final Graduación de la Escuela de Diseño Industrial

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Docencia
Reglamento Trabajos Finales de Graduación Escuela de Diseño Industrial Tecnológico de Costa Rica


Capítulo I. Disposiciones generales

Artículo 1. Tipo de Reglamento

Este reglamento es de tipo específico.

Artículo 2. Propósito

El Trabajo Final de Graduación tiene como propósito culminar la formación integral del estudiante y contribuir al desarrollo científico-tecnológico mediante la realización de proyectos específicos.

Artículo 3. Objetivo general

Normar lo referente a los Trabajos Finales de Graduación que realizan los estudiantes de la Carrera de Ingeniería en Diseño Industrial del Instituto Tecnológico de Costa Rica, ya sea individuales, grupales de una misma disciplina o interdisciplinarios, para optar por los grados de Bachillerato o Licenciatura.

Artículo 4. Del Alcance 

Este reglamento es de acatamiento obligatorio para docentes y estudiantes que participan en el desarrollo de los Trabajos Finales de Graduación, que deben realizar las personas estudiantes como requisito para obtener el grado de Bachillerato o Licenciatura en Ingeniería en Diseño Industrial.

Artículo 5. Marco Jurídico 

  1. Reglamento de Trabajos Finales de Graduación del Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR). 
  2. Reglamento del Régimen de Enseñanza y Aprendizaje (RREA_ITCR).

Artículo 6. De las definiciones 

Trabajo Final de Graduación: es un espacio de enseñanza y aprendizaje por medio del cual el estudiante o estudiantes confrontan lo aprendido en el Instituto Tecnológico de Costa Rica, con las condiciones y características requeridas para implementar un proceso científico – tecnológico a través de uno o varios proyectos o trabajos específicos.

Actividades interdisciplinarias: Son todas aquellas actividades académicas que requieren de la participación de varias disciplinas.

Coordinador de Trabajos Finales de Graduación: Es el profesor encargado de coordinar todos los Trabajos Finales de Graduación de una Escuela.

Proyecto de Graduación: Es una actividad teórica-práctica dirigida al análisis de un problema, su evaluación y propuesta de solución y/o la ejecución de éste, mediante el uso de modelos u otros medios adecuados.

Plan de Trabajo: Documento presentado por el estudiante que se encuentra realizando su Trabajo Final de Graduación y que contiene al menos los siguientes elementos: antecedentes, objetivos generales y específicos, metodología y cronograma de actividades. Debe ser presentado al Profesor Tutor para su aprobación.

Profesor Tutor: Profesor responsable de orientar y dar seguimiento al estudiante durante el proceso de elaboración del Trabajo Final de Graduación.

Asesor de empresa: Persona que por razón de sus conocimientos puede colaborar con el estudiante y que labora en la empresa donde se desarrolla el Trabajo Final de Graduación.

Consultor: Se refiere a aquella persona que por razón de sus conocimientos puede colaborar con el estudiante, durante la realización de su Trabajo Final de Graduación.

Tribunal Evaluador: Se refiere a las personas que evalúan el desempeño del o los estudiantes durante la exposición final y defensa pública del Trabajo Final de Graduación

Defensa pública: Es la exposición de un Trabajo Final de Graduación en la que para su evaluación se requiere que el estudiante no solamente describa el trabajo realizado, sino también que sus puntos de vista y resultados sean expuestos a un proceso de crítica y defensa de cada uno de ellos.

Exposición final: Es la presentación que el estudiante debe de hacer de su Trabajo Final de Graduación, una vez concluido éste.

Formato digital: Forma de presentación del Informe Final del Trabajo Final de Graduación en un formato que pueda ser accedido en la Biblioteca Digital del ITCR.

Capítulo II. Del Trabajo Final de Graduación

Artículo 7

Dadas las condiciones en que se desarrolla el Trabajo Final de Graduación, cada estudiante matriculado en esta asignatura tendrá, por parte de la Escuela, un Profesor Tutor, quien será el encargado de orientarlo y darle seguimiento durante todo el proceso de dicha actividad. 
En el caso de proyectos interdisciplinarios se asignará un Profesor Tutor por carrera. La coordinación del equipo de trabajo estará a cargo del Profesor Tutor de la carrera proponente del trabajo interdisciplinario, o bien, puede ser en común acuerdo entre las carreras que determinen cuál Profesor Tutor coordinará el equipo de trabajo.

Artículo 8

El Trabajo Final de Graduación, ya sea individual, grupal de una misma disciplina o interdisciplinario, tendrá la modalidad de Proyecto de Graduación, definido este como una actividad teórica-práctica dirigida al análisis de un problema real, su evaluación y propuesta de solución y/o la ejecución de éste, mediante el uso de modelos u otros medios adecuados.
Este se podrá vincular a una Empresa o Institución pública-privada.
El estudiante deberá cumplir con los requisitos para la aprobación del Anteproyecto y Plan de Trabajo, según lo establezcan las Guías de Entregables.

Artículo 9

En el caso de que el Trabajo Final de Graduación se encuentre vinculado con alguna empresa o institución, la Escuela debe procurar que dicha empresa o institución brinde una compensación para el estudiante, que al menos cubra los costos en que éste incurre durante la realización de su Trabajo. 
Si dicho Trabajo se realiza en una institución de bienestar social, sin fines de lucro u otro tipo de organización que demuestre que no cuente con los recursos o presupuesto, se podría dispensar totalmente dicho pago. Para lo anterior, se requiere el consentimiento expreso por parte del estudiante. 
Para el caso de los proyectos interdisciplinarios, la compensación deberá ser equitativa entre los estudiantes participantes. 
En caso de incurrirse en gastos relacionados con la realización del proyecto (análisis de laboratorio, encuestas, papelería, impresiones, software, viáticos y costos relacionados, entre otros) la empresa se hará cargo de estos gastos.

Artículo 10

En caso de que el Trabajo Final de Graduación requiera confidencialidad, a criterio de la empresa o institución, debe suscribirse un acuerdo de confidencialidad entre la empresa o institución y el estudiante.  Este acuerdo deberá ser avalado por el Profesor Tutor y el Coordinador del Trabajo Final de Graduación, este último debe emitir una resolución fundamentada en donde se ratifique el citado acuerdo.
Además se deberá firmar un acuerdo de confidencialidad interno de la Escuela, donde se involucra al Tribunal Evaluador.
El estudiante será el responsable de restringir el acceso de la carpeta confidencial, dando acceso solamente a los involucrados en el TFG y al Coordinador.
En el caso de los proyectos interdisciplinarios, el acuerdo de confidencialidad será suscrito entre la empresa o institución y los estudiantes involucrados, con el aval de los Profesores Tutores y Coordinadores de Trabajos Finales de Graduación de las carreras participantes.

Artículo 11

Cada Trabajo Final de Graduación debe ser aprobado antes de su realización, para ello el estudiante aportará un Anteproyecto al Coordinador antes de la matrícula para su aprobación, según cronograma. Este documento deberá presentarse de acuerdo a la Guía de Entregables.

Artículo 12

En caso de haber sido reprobado o retirado el TFG, el estudiante no podrá presentar para aprobación de Anteproyecto el mismo proyecto.

Artículo 13

El estudiante también deberá presentar el Plan de Trabajo para aprobación al Profesor Tutor, según cronograma. Este documento deberá presentarse de acuerdo a la Guía de Entregables.

Artículo 14

Las fases del Trabajo Final de Graduación serán:

  1. Elaboración del Anteproyecto por parte del estudiante y Aprobación del Coordinador, según cronograma.
  2. Elaboración del Plan de Trabajo por parte del estudiante y Aprobación del Profesor Tutor y Asesor de la Empresa, según cronograma.
  3. Elaboración y aprobación de acuerdos con la empresa y confidencialidad, en los casos que se solicita, según cronograma.
  4. Evaluación de Avances, según cronograma.
  5. Defensa Pública a través de una Exposición final, según cronograma.
  6. Entrega del material por parte de los estudiantes para la Biblioteca y Escuela, según cronograma.
  7. Entrega de Notas Finales, según cronograma.
  8. Realización del Acta de Notas, según cronograma.
  9. Entrega de Informes Finales y documentación en formato digital a la Biblioteca y para archivo de la Escuela, según cronograma.

Capítulo III. De los Informes del Trabajo Final de Graduación

Artículo 15

Cada escuela o área académica elaborará una guía de presentación del Informe del Trabajo Final de Graduación, el cual deberá cumplir con las normas de presentación vigentes aprobadas por el Consejo de Docencia.
Para el caso de proyectos interdisciplinarios las carreras involucradas adoptarán la guía definida por la institución para tales fines.

Artículo 16

La Escuela deberá garantizar el mantenimiento y seguridad de las copias de los Informes Finales de los Trabajos Finales de Graduación y deberá estipular las condiciones  según la normativa institucional en que dichos informes podrán ser consultados.

Artículo 17

La Escuela debe garantizar la entrega de una copia del Informe del Trabajo Final de Graduación a la empresa o institución correspondiente y su constancia de recibido. Para este fin, el estudiante enviará el Informe Final a la empresa solicitando una carta de recibido debidamente firmada y entregada al Coordinador, según cronograma.
Para el caso de proyectos interdisciplinarios, se hará entrega de un único informe avalado por todas las carreras participantes. En cualquiera de las modalidades el informe será en formato digital.

Capítulo IV. De las Presentaciones y otros Entregables

Artículo 18

Se debe otorgar una calificación final al estudiante como representación cuantitativa del rendimiento académico en su TFG. Dicha calificación y condiciones serán determinadas por la normativa de la Escuela.
En caso de los proyectos interdisciplinarios, se debe evaluar los Avances, Informe Final, Defensa Pública a través de una Exposición final. 
Para los miembros que completen cada etapa del proyecto se asignará una misma nota que corresponde a la calificación grupal obtenida.

Artículo 19

En la evaluación del TFG intervienen las calificaciones de los Avances, Informe Final y Defensa Pública, los cuales deberán cumplir con los requisitos de las guías de entregables.  El Coordinador será el encargado de presentar el horario a los involucrados y coordinar la fecha y hora de las presentaciones. Si por alguna razón es necesario cambiar un horario de manera interna entre los involucrados, se debe informar al Coordinador.

Artículo 20

La revisiones de los Avances se realizarán en la semana acordada por el Coordinador.  El estudiante deberá consultar las Guías para su correcta elaboración.

Artículo 21

La Exposición final se realizará en la semana acordada por el Coordinador. El estudiante deberá consultar las Guías para su correcta elaboración. El estudiante deberá presentar los productos finales acordados en el Anteproyecto.

Artículo 22

Las Defensas Públicas pueden ser de manera presencial o virtual y la semana de presentaciones podría variar si llegara a existir un imprevisto en el calendario de la Escuela o Institucional. En caso de presentarse la situación, el Coordinador debe re programar y consultar a los involucrados de los proyectos.  El horario de presentaciones para las Defensas Públicas lo determinará el Coordinador.

Artículo 23

En el caso de sesiones virtuales, los Profesores Tutores serán los responsables de realizar las invitaciones según el horario brindado por el Coordinador. Para las presenciales, el Coordinador generará, además del horario, la distribución de espacios para dichas presentaciones.

Capítulo V. De la Evaluación

Artículo 24

En la evaluación del Trabajo Final de Graduación se deben considerar los objetivos planteados, el desarrollo del trabajo y los resultados obtenidos.

Artículo 25

Para concluir con el Trabajo Final de Graduación, el estudiante debe realizar la Defensa Pública del Proyecto Final a través de una Exposición final, según lo establecido por la Escuela. 
Para el caso de proyectos interdisciplinarios la Defensa Pública será de manera conjunta ante un único tribunal interdisciplinario.

Artículo 26

De acuerdo con la normativa de la Escuela, intervienen en el proceso de evaluación del Trabajo Final de Graduación, los siguientes participantes: 

  1. Profesor Tutor o profesores tutores para el caso de proyectos interdisciplinarios. Lo asigna el Director y Coordinador o Coordinadores. Evalúan según las rúbricas brindadas por el Coordinador o Coordinadores en caso de proyectos interdisciplinarios.
  2. Tribunal Evaluador. Lo asigna el Coordinador. Evalúan según las rúbricas brindadas por el Coordinador o Coordinadores en caso de proyectos interdisciplinarios.
  3. Asesor de la Empresa o Institución (en los casos en que el Trabajo de Graduación esté vinculado a una empresa o institución). Lo asigna la empresa. Evalúan según las rúbricas brindadas por el Coordinador o Coordinadores en caso de proyectos interdisciplinarios.

Artículo 27

La carrera define los porcentajes y elementos a evaluar en cada una de las diferentes etapas (avances, documento final y defensa pública) y creará las respectivas rúbricas. 
En el caso de trabajos interdisciplinarios y de común acuerdo entre las carreras participantes, se proponen los porcentajes de evaluación y elaboraran las rúbricas respectivas.

Artículo 28 Definiciones de rubros a evaluar

Profesor Tutor
  • Avances del TFG: presentaciones parciales que el estudiante realizará al profesor Tutor, según la Guía de Entregables establecida por la Escuela. 
    Informe Final por parte del Profesor Tutor: documento formato digital que el estudiante elaborará según la Guía de Entregables del Informe Final establecida por la Escuela y que, deberá cumplir con las normas de presentación vigentes aprobadas por el Consejo de Docencia.
  • Desempeño del Estudiante por parte del Profesor Tutor: atributos (conocimientos, aptitudes, actitudes y valores) del estudiante durante el desarrollo de su TFG.
  • Artículo por parte Profesor Tutor: documento formato digital que el estudiante elaborará según la Guía de Entregables del Artículo establecida por la Escuela y que, deberá cumplir con las normas de presentación vigentes aprobadas por la Revista IDI+.  Este documento es un entregable solamente para los estudiantes de Licenciatura.
     
Asesor de la empresa
  • Comportamiento del Estudiante por parte del Asesor de la empresa: actitudes y valores del estudiante durante el desarrollo de su TFG el cual será evaluado de manera cualitativa.
  • Desempeño del estudiante por parte del Asesor de la Empresa: atributos (conocimientos, aptitudes, actitudes y valores) del estudiante durante el desarrollo de su TFG.
Tribunal Evaluador
  • Desempeño del Estudiante en la Exposición final de la Defensa Pública por parte del Tribunal Evaluador: conocimientos y aptitudes del estudiante o los estudiantes en el esquema, contenido y resultados de la presentación final para la Defensa Pública de su TFG, la cual deberá ser elaborada según la guía de Exposición final establecida por la Escuela.
  • Respuesta a preguntas en la Defensa Pública por parte del Tribunal Evaluador: respuestas a las preguntas referidas al TFG expuesto por el estudiante o estudiantes realizadas por cada integrante del Tribunal Evaluador.
    Para proyectos interdisciplinarios, el Tribunal Evaluador calificará a todo el equipo de trabajo.

Artículo 29

Las rúbricas evaluadas por el Profesor Tutor, Tribunal Evaluador y Asesor de la Empresa deberán ser entregadas en la fecha dispuesta por la coordinación.

Artículo 30

El estudiante reprobará el Trabajo Final de Graduación cuando incurra en una falta grave durante el desarrollo de este, según lo estipula este reglamento y la normativa Institucional vigente.

Artículo 31

Para los efectos de este reglamento, se consideran faltas graves las siguientes: 

  • El abandono por parte del estudiante del Trabajo Final de Graduación. 
  • La no entrega del Informe Final del Trabajo Final de Graduación tanto a la escuela o área académica como a la respectiva empresa o institución.
  •  El hurto de cualquier material o equipo en la empresa o institución donde realiza su Trabajo Final de Graduación. 
  • La violación dolosa o negligente del Acuerdo de Confidencialidad. 
  • La negligencia en el uso del equipo en la empresa o institución. 
  • El incumplimiento de la normativa de la empresa o institución. 
  • El incumplimiento en los plazos u obligaciones del Trabajo Final de Graduación. 
  • Cualquier acción que atente contra la moral y las buenas costumbres. 
  • Cualquier otra acción, calificada como tal por las escuelas o áreas académicas participantes.

Capítulo VI. De las prórrogas

Artículo 32

Las prórrogas se deberán presentar, debidamente justificadas y firmadas por el estudiante, el Profesor Tutor y Asesor de la empresa al correo del Coordinador, siguiendo la plantilla establecida. El Coordinador deberá dar un dictamen dentro de los tres días hábiles siguientes a la entrega de la solicitud del estudiante y comunicarlo a los involucrados.

Artículo 33

En caso de proyectos interdisciplinarios los estudiantes deberán presentar la prórroga, siguiendo la plantilla establecida, a los Coordinadores por correo. Esta deberá estar debidamente justificada y firmada por los estudiantes, los Profesores Tutores y Asesores de la empresa. El Coordinador deberá dar un dictamen dentro de los tres días hábiles siguientes a la entrega de la solicitud del estudiante y comunicarlo a los involucrados.
Los Coordinadores de ambas Escuelas deberán tomar las decisiones pertinentes para el logro de los objetivos del mismo y comunicar a los involucrados del proyecto.


Capítulo VII. De las apelaciones

Artículo 34

Si el estudiante no estuviera de acuerdo con las resoluciones del Profesor Tutor o Tribunal Evaluador, deberá plantear por escrito un recurso de revocatoria dentro de los tres días hábiles siguientes a la comunicación de la resolución. El Profesor Tutor, el Coordinador  o el Tribunal Evaluador, dará su respuesta en los cinco días hábiles siguientes. 
De no quedar satisfecho con la respuesta, el estudiante podrá apelar por escrito ante el Director de escuela o el Coordinador del área académica en un plazo no mayor de tres días hábiles a partir de la fecha en que vence el período de respuesta del Profesor Tutor del Coordinador o del Tribunal Evaluador. A su vez, el Director de escuela contará con cinco días hábiles para dar su respuesta. 
De no quedar satisfecho con la respuesta, el estudiante podrá apelar por escrito ante el Consejo de Escuela, en un plazo no mayor de tres días hábiles a partir de la fecha en que vence el período de respuesta del Director de escuela o coordinador de área académica. El Consejo de Escuela dará su respuesta en los cinco días hábiles siguientes y agotará la vía administrativa.

Capítulo VIII. De Propiedad Intelectual

Artículo 35

En caso de que el Trabajo Final de Graduación sea susceptible de derechos de propiedad intelectual, se debe proceder de conformidad con la normativa vigente que regula esa materia.

Capítulo IX. De Incompletos IN

Artículo 36

El estudiante que, por razones justificadas no haya podido completar durante el periodo lectivo las actividades de evaluación de un curso, será calificada con las siglas “IN” (incompleto) en ese curso. El estudiante deberá realizar la solicitud de IN, con la información solicitada en la plantilla correspondiente y ser presentada al Coordinador.  Le corresponde a la Dirección de la Escuela y a la Coordinación autorizar el IN.
La Dirección de Escuela o la Coordinación, según corresponda, definirá el plazo necesario para que la persona estudiante complete las actividades de evaluación pendientes. Este plazo no deberá ser mayor a un año lectivo. En caso de que, la persona estudiante no cumpla en el plazo establecido, se le tomará la calificación que le corresponda, de acuerdo con el sistema de evaluación establecido para dicho curso.
Es responsabilidad del estudiante cumplir con el nuevo cronograma propuesto en la solicitud del IN y comunicar, al Profesor Tutor y Coordinador, un mes antes a la Defensa Pública para la asignación de la fecha y hora de la Exposición final.
En el caso de Trabajos Finales de Graduación interdisciplinarios, los Coordinadores de ambas Escuelas deberán tomar las decisiones pertinentes para el logro de los objetivos del mismo y comunicar a los involucrados del proyecto.


Capítulo X. Disposiciones finales

Artículo 37 De las situaciones no contempladas

Lo no contemplado en este Reglamento Interno de Escuela para el Trabajo Final de Graduación será resuelto por Consejo de Escuela y de conformidad al Reglamento de trabajos finales de graduación de grado del ITCR y Reglamento del Régimen de enseñanza y aprendizaje (RREA_ITCR)

Artículo 38 De la vigencia

Este Reglamento rige a partir de su publicación en la Gaceta Institucional.


Así aprobado por acuerdo del Consejo de Escuela de Diseño Industrial, Sesión Ordinaria Número 16-2022, artículo 6 del 26 de setiembre del 2022.
Publicado en fecha 25 de octubre del 2022 mediante la Gaceta Número 997-2022 de fecha 24 de octubre del 2022. 

Creación
Fecha: 
Septiembre, 2022
Aprobado por:
Escuela de Diseño Industrial
Última modificación
Fecha: 
, Gaceta No. 
997-2022