Términos para la “Convocatoria por fondos concursables provenientes de la Ley de Cemento No. 9829, Artículo 7...

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Investigación y Extensión

Términos para la “Convocatoria por fondos concursables provenientes de la Ley de Cemento No. 9829, Artículo 7, inciso b, para actividades de fortalecimiento y proyectos de extensión 2023”

 

a. Las actividades de fortalecimiento de extensión o proyectos de extensión que se presenten deben desarrollarse en los cantones de Turrialba, Jiménez, Paraíso, El Guarco, La Unión, Oreamuno o Alvarado, según lo establecido en la Ley No. 9829, Artículo 7, inciso b.

b. Tendrán prioridad las propuestas que se enmarquen en los ejes de conocimiento estratégicos del ITCR. 

c. Para el periodo 2023, se contempla financiar un total de 10 propuestas de extensión, bajo las siguientes modalidades: 

- Seis actividades de fortalecimiento de extensión, con un monto máximo de ¢ 1.500.000, 8 horas VIE semanales para cada una y una vigencia máxima de 8 meses.  

 

- Cuatro proyectos de extensión, con un monto máximo de ¢ 2.700.000, 12 horas VIE semanales para cada uno y una vigencia máxima de 20 meses. 

 

d. Podrán aplicar a estos fondos el personal académico del ITCR, de acuerdo con las funciones establecidas en el Manual Descriptivo de Puestos por Competencias o aquellas personas profesoras que se encuentren nombradas temporalmente en plazas administrativas (Rectoría, Vicerrectoría, Dirección). Estas últimas podrán presentar propuestas siempre que estén avaladas por el consejo de escuela, área académica o unidad desconcentrada a la cual pertenezca cuando ejerce el nombramiento en el puesto de Profesor (a).  

 

e. Toda la documentación requerida deberá ser ingresada en la plataforma informática provista por la VIE, de acuerdo con las fechas indicadas en el cronograma. Los documentos por presentar son:  

 

- Propuesta de la actividad de fortalecimiento o proyectos de extensión en formato PDF y firmada. 

 

- Acuerdos de consejo (en versión digital) de la instancia académica (escuela, área académica o unidad desconcentrada) coordinadora, indicando el nombre de la propuesta avalada. 

 

- Acuerdo del consejo de las instancias académicas participantes. Estas solo avalarán la participación en la propuesta de las personas funcionarias que pertenezcan a ellas. 

 

- Presupuesto debidamente justificado, según partida, cuando corresponda.  

- Carta oficial de las colaboraciones externas, donde se indique claramente las características de la colaboración, cuando corresponda.  

 

- Carta oficial de contrapartida externa aprobada, cuando corresponda. 

 

- Cartas sobre procesos de protección o potencial de generación de propiedad intelectual, cuando sea pertinente. 

 

- Acuerdo de la instancia académica de cofinanciamiento aprobado, cuando corresponda. 

 

f. Toda participación en las actividades de fortalecimiento o proyectos de extensión se realizará mediante horas de reconocimiento (REC), horas docencia (DOC o VIESA), horas VIE, según disponibilidad, así como de horas de investigador consolidado (CONS). Para el caso de las horas docencia (DOC o VIESA), se debe adjuntar el oficio de la Vicerrectoría de Docencia o de la VIESA según corresponda, autorizando el uso de esas horas en actividades de fortalecimiento o proyectos de extensión.  

 

g. El personal de apoyo a la academia podrá participar en proyectos como extensionista con horas semanales bajo la figura de reconocimiento (REC), lo que requiere del aval por parte de la jefatura inmediata, por un máximo de 8 horas en proyectos de extensión.  

 

h. Para la formulación de las propuestas, las personas proponentes deberán dar prioridad al personal propio de las instancias académicas involucradas. No se autorizará la contratación de personal para la participación en los proyectos o actividades de fortalecimiento, sin embargo, podrán participar en forma ad honorem personas funcionarias de instituciones del sector público o sector privado.  

 

i. Solo las personas extensionistas sin informes pendientes ante la VIE al cierre de recepción de propuestas, podrán presentar o formar parte de nuevas propuestas de extensión. 

 

j. Cada actividad de fortalecimiento o proyecto de extensión podrá solicitar una Beca de Estudiante Asistente Especial con 10 horas por semana, durante un máximo de cinco meses por semestre. 

 

k. Los proyectos de extensión podrán solicitar una beca de apoyo a estudiante para Trabajos Finales de Graduación. Se dispondrá como parte de la convocatoria, un total de dos becas durante cuatro meses por semestre. Estas becas se asignarán dando prioridad a los proyectos más extensos.  

 

l. Para la asignación de recursos a las propuestas por parte del Consejo de Investigación y Extensión, se discutirán primero, en orden descendente, las de mayor calificación obtenida. De quedar recursos disponibles una vez aprobada la cantidad de propuestas previstas, se podrán seguir aprobando, según evaluación y hasta agotar los recursos disponibles.  

 

m. En caso de empate entre propuestas con igual calificación, se aplicarán los siguientes criterios:  

  

Primer criterio: proyecto coordinado por una mujer.  

 

Segundo criterio: cantón(es) donde se desarrollará el proyecto.  

En el entendido de que, si permanece el empate, se empleará como segundo criterio el índice de desarrollo humano cantonal más bajo que esté vigente a la fecha de la evaluación de las propuestas. 

 

Tercer criterio: participación de estudiantes en el desarrollo del proyecto.  

De prevalecer el empate, se dará prioridad a la propuesta de proyecto que asigne un mayor porcentaje del presupuesto solicitado, para la participación estudiantil. 

 

n. El proceso de evaluación se realizará con los documentos suministrados por la persona extensionista responsable a través de la plataforma habilitada por la VIE. Una vez remitidos, no se aceptarán cambios ni documentos adicionales. Toda la documentación interna que requiera de firmas, será ingresada a la plataforma con firma digital. 

 

o. En el proceso de evaluación de las propuestas participarán las instancias académicas, las personas Gestoras de Proyectos de Extensión y las personas integrantes del Consejo de Investigación y Extensión. 

 

p. En el proceso de evaluación de las propuestas, no deberán intervenir personas que estén participando de la convocatoria, en resguardo de evitar el conflicto de intereses.  

 

q. Para las personas extensionistas del sector académico, que formen parte de las propuestas de actividades de fortalecimiento o proyectos de extensión y que tengan carga laboral asignada al 100%, se deberá gestionar la respectiva ampliación de jornada para el desarrollo del proyecto (conforme a los tiempos aprobados), resguardando las personas extensionistas que no superen el tiempo y medio de dedicación laboral.  

 

r. Finalizado el período aprobado para el desarrollo de la propuesta, el equipo proponente deberá presentar un informe final de los resultados de la actividad de fortalecimiento o proyecto de extensión, según lo establecido en la Guía para la gestión interna de la investigación y la extensión en el ITCR. 

 

 

Aprobado por el Consejo Institucional, Sesión Ordinaria No. 3301, Artículo 13, del 15 de marzo de 2023.

Publicado en fecha 17 de marzo del 2023, mediante la Gaceta Número 1068-2023 de fecha 16 de marzo del 2023