Consejo Institucional aprueba modificación de reglamento para agilizar juramentación de estudiantes

14 de Mayo 2020
Estudiantes levantando la mano en juramentación.

La juramentación es fundamental para que los graduandos reciban su diploma. Imagen con fines ilustrativos/Archivo OCM.
 

Debido a que, ante situaciones de emergencia como las generadas por el COVID-19, no es factible realizar los actos de graduación en el Tecnológico de Costa Rica (TEC) de la forma acostumbrada,  el Consejo Institucional aprobó una modificación al reglamento que norma estos actos. La determinación tiene el objetivo de agilizar la juramentación de los estudiantes y no atrasar su graduación.

El artículo 9 del “Reglamento de Normas Generales de Graduación en el Instituto Tecnológico de Costa Rica”, quedó reformado de la siguiente manera:

Artículo 9

  • Se tomará juramento ante un representante del Consejo Institucional y la persona que ejerza la Rectoría o su representante.
     
  • Los diplomas serán entregados en los Actos Solemnes de Graduación por quien desempeñe la Rectoría o su representante, junto con el titular de la Dirección de la Escuela, o la Coordinación del Área Académica o de la Unidad Desconcentrada y quien ocupe el puesto de Dirección del Campus Tecnológico o del Centro Académico, según corresponda.
     
  • El Instituto podrá organizar Actos Solemnes de Graduación de manera conjunta con otras instituciones, con previa autorización de quien ejerza el puesto de Rectoría.
     
  • La realización del Acto Solemne de Graduación será de acuerdo al protocolo, definido por el titular de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil y Servicios Académicos.
     
  • No obstante, en los casos en que medie fuerza mayor y en consecuencia exista la imposibilidad de la realización del Acto Solemne de Graduación, quien ejerza el puesto de Rectoría puede autorizar la juramentación y la entrega de los títulos, delegando esta función al titular de la Vicerrectoría (a) de Vida Estudiantil y Servicios Académicos, a las Direcciones de los Campus Tecnológicos Locales y Centros Académicos, a las Direcciones de Escuela, a las Coordinaciones de Áreas Académicas y a las Coordinaciones de Unidades Desconcentradas, según corresponda.


A continuación, se adjunta el documento oficial del acuerdo.