Cambios en Estatuto Orgánico protegen capacidad jurídica de órganos adscritos al Consejo Institucional

01 de Junio 2020
Pantalla de computadora con Estatuto Orgánico del TEC.

El Consejo Institucional aprobó varios cambios al Estatuto Orgánico con el fin de minimizar el riesgo de que alguno de los órganos colegiados que están bajo su jerarquía puedan quedar indebidamente integrados y con ello, sin capacidad jurídica de tomar acuerdos.

Los órganos colegiados como los consejos de escuela, área académica, unidad desconcentrada o el Consejo de Investigación y Extensión -entre otros- no pueden funcionar válidamente si una persona deja de ser integrante y no se nombra oportunamente a quien la sustituya. Este es un gran riesgo para la Institución, ya que podría provocar que alguno de los órganos colegiados quede imposibilitado de tomar acuerdos.

Con el fin de atender esta delicada situación, el Consejo Institucional, en el ejercicio de la facultad de reformar al Estatuto Orgánico que le otorga el artículo 18, inciso c de ese mismo estatuto, y en ejercicio de la autonomía universitaria que le otorga al TEC, el artículo 84 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, que le permite establecer su propia reglamentación interna; aprobó reformar varios artículos del Estatuto Orgánico.

Le corresponderá a la Asamblea Institucional Representativa (AIR), el trámite de reforma de los artículos relacionados con la integración del Consejo Institucional -y la suya propia- por ser materia de reformas al Estatuto Orgánico reservada por el artículo 139 a esa Asamblea.

A continuación, se adjunta el acuerdo. 

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