Estudiantes no tendrán la obligación de presentar más de un examen parcial o final y dos de reposición en un mismo día

12 de Agosto 2020
. Por: Consejo Institucional
Estudiantes en un examen

Estudiantes del Tecnológico durante la realización de un examen. Foto: Archivo/TEC.
 

En la Sesión Ordinaria No. 3183, celebrada el 5 de agosto de 2020, el Consejo Institucional del Tecnológico de Costa Rica (TEC) acordó aprobar la modificación del artículo 64 del “Reglamento del Régimen de Enseñanza-Aprendizaje (REA), del Instituto Tecnológico de Costa Rica”, relacionado con el número de exámenes parciales, finales o de reposición que pueden realizarse cuando hay situaciones de fuerza mayor, declaradas por una resolución de la Rectoría o la Vicerrectoría de Docencia.  

Cuando son exámenes parciales o finales se mantiene solo uno por día.  El cambio es con los exámenes de reposición, serán dos por día como máximo.  

 

De esta forma el texto se reformó de la siguiente manera:

 

Artículo 64

 

Se podrá efectuar la evaluación del progreso académico del estudiante mediante tareas, proyectos, pruebas orales, pruebas escritas y prácticas. Queda a criterio del profesor establecer otros mecanismos adicionales para evaluar el aprendizaje.

 

La Dirección de Escuela o la Coordinación de Área Académica o de Unidad Desconcentrada, según corresponda, será responsable de coordinar que la programación de los exámenes parciales, finales o de reposición no contemple el mismo horario para las pruebas parciales, finales o de reposición de cursos del mismo nivel del plan de estudios que administran.

 

Los (as) estudiantes no tendrán obligación de presentar más de dos exámenes parciales, finales o de reposición, sean escritos u orales, en un mismo día.

 

Será responsabilidad de las(os) estudiantes advertir, con al menos tres días hábiles de anticipación, a la Dirección de la Escuela o a la Coordinación a que pertenece, según corresponda, de la existencia de choques en el horario de las pruebas escritas u orales a que sea convocada(o), en el caso de los exámenes de reposición con al menos un día de anticipación. Cuando el estudiante no informe en el plazo fijado al Director de la Escuela o al Coordinador correspondiente, perderá el derecho a que se le reponga la prueba a la que no asista por el choque de horarios.

 

Ante situaciones de fuerza mayor, así declaradas por resolución fundamentada de la Rectoría o de la Vicerrectoría de Docencia, que hayan provocado afectaciones en el normal desarrollo de un periodo lectivo, los estudiantes no tendrán la obligación de presentar más de un examen en un mismo día, sea este parcial o final, o dos de reposición, sean escritos u orales.

 

Antecedentes

A causa de la declaratoria de Emergencia Nacional  ocasionada por la pandemia del COVID-19,  la Rectoría resolvió suspender el curso lectivo de grado, impartido en todos los campus, centros académicos y otras instalaciones del Tecnológico de Costa Rica. 

Luego al reanudar el curso lectivo, correspondiente al primer semestre 2020, el Consejo Institucional realizó la reforma del REA, para incorporar opciones especiales que permitan atender casos de fuerza mayor, tal es el caso de este artículo 64. 

En esa ocasión se hizo la siguiente reforma: “Ante situaciones de fuerza mayor, así declaradas por resolución fundamentada de la Rectoría o de la Vicerrectoría de Docencia, que hayan provocado afectaciones en el normal desarrollo de un periodo lectivo, los estudiantes no tendrán la obligación de presentar más de un examen parcial, final o de reposición, sean escritos u orales, en un mismo día.”

Sin embargo, con el fin de atender las necesidades de evaluación de los cursos que se están ofreciendo en el semestre y dado que el lunes 17 de agosto es feriado por la celebración del Día de la Madre y que este día correspondía al primero de los tres programados en el Calendario Institucional para la realización de exámenes de reposición, el Consejo de Docencia solicitó eliminar esta restricción establecida en el número de pruebas para casos de fuerza mayor.  Esto, pues se reducía a dos días, el periodo para la realización de estas pruebas.

Ante este panorama, el Consejo Institucional considera que la normativa permite calendarizar exámenes en días no hábiles, según artículo 79 del REA pero además, se debe tomar en cuenta que se requieren tres días hábiles para indicar al estudiante si requiere realizar la prueba de reposición.

Es por esto, que el Consejo Institucional, tomando en cuenta la realidad estudiantil y docente, decidió realizar la reforma solo en el sentido de ampliar a dos exámenes de reposición en un mismo día y en el caso de los parciales y finales, mantener uno por día, como ya estaba establecido en la anterior reforma.    

Realidad estudiantil y docente 

Este cambio se basó tomando en cuenta que existe un porcentaje importante de estudiantes y docentes que tienen que compartir el uso de la computadora y del Internet al que tienen acceso y lidian con problemas tecnológicos de conexión a medios digitales exclusivos y de conectividad. 

Además, la demanda emocional, producto de largas horas frente al computador,  adicional a las afectaciones a nivel personal y de convivencia familiar,  desaconsejan la programación de más de una prueba por día, cuando se requiera de este tipo de recursos.

Y es que  las decisiones que se adopten deberán fomentar la salud integral y en este sentido, procurar no acrecentar la carga física, mental y emocional en la población docente y estudiantil, siendo congruentes con las Políticas Generales y Específicas.

A continuación, se adjunta el documento oficial con el acuerdo completo:

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