- Se pretende aportar al proceso con la construcción de una estrategia de sostenibilidad de largo plazo para la educación en general.
Con el fin de apoyar el proceso de negociación del Fondo Especial para la Educación Superior (FEES) y asumir una actitud de unión y aporte al proceso, que trascienda la negociación del presupuesto y logre construir una estrategia de sostenibilidad de largo plazo de la educación en general, el Consejo Institucional acordó la conformación de una Comisión Especial en defensa del FEES.
En el acuerdo de la Sesión Ordinaria No. 3323, Artículo 9, del 16 de agosto de 2023 se indica:
a. Hacer un llamado a la Comunidad Institucional para:
-Apoyar este proceso de negociación del FEES 2024, con la finalidad de obtener un presupuesto que fortalezca la educación superior y no incremente el peligro del futuro del País, al afectarse el motor de desarrollo que es la educación de calidad, equitativa y regional.
-Asumir una actitud de unión y aporte al proceso, que trascienda la negociación del presupuesto y logre construir una estrategia de sostenibilidad de largo plazo del financiamiento de la educación en general del País.
b. Constituir una Comisión Especial de Defensa del FEES, conformada por:
-Dos personas integrantes del Consejo Institucional
-La persona que ejerce la Rectoría o su representante
-Una persona representante del Consejo de Docencia
-Una persona representante del Consejo de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil y Servicios Académicos
-Una persona representante del Consejo de la Vicerrectoría de Administración
-Una persona representante del Consejo de la Vicerrectoría de Investigación y Extensión
-Una persona representante de cada Consejo Asesor de Campus Tecnológico Local y Centro Académico
-Tres personas representantes de la Comunidad Estudiantil nombradas por la Federación de Estudiantes del instituto Tecnológico de Costa Rica (FEITEC).
c. Disponer que, si las instancias que deben designar su representación en la Comisión Especial no lo hicieran en el plazo de siete (7) días hábiles, a partir de que se comunique el presente acuerdo, se tendrá la comisión por válidamente conformada, debiendo informar la Dirección de la Secretaría del Consejo Institucional, a este Consejo y a la Coordinación de la Comisión Especial, sobre la conformación que resulte definitiva.
d. Adscribir la Comisión Especial, creada en este acto, a la Comisión de Planificación y Administración, para el seguimiento correspondiente, al amparo del Reglamento del Consejo Institucional; y establecer como plazo para el cumplimiento de sus objetivos el 1 de diciembre de 2023.
e. Definir como objetivos de la Comisión Especial de Defensa del FEES los siguientes:
-Definir una estrategia de divulgación y sensibilización para cada sector: docente, administrativo y estudiantil.
-Dar seguimiento y apoyo a las autoridades y al personal técnico que participan con el proceso de negociación y definición del FEES 2024 y quinquenal, así como su redistribución entre las universidades públicas.
-Apoyar las acciones por la defensa de la educación en general.
-Mantener comunicación con las personas que cada una de las instancias de la institución defina como enlace con la Comisión.
f. Solicitar a la Rectoría que se brinde apoyo a la Comisión Especial de Defensa del FEES, con representantes de diferentes entes técnicos, cuando esta lo solicite: Departamento de Gestión del Talento Humano, Departamento Financiero Contable, Oficina de Comunicación y Mercadeo, Oficina de Asesoría Legal, Departamento de Administración de Tecnologías de Información y Comunicaciones (DATIC) y cualquier otro que sea requerido.
g. Solicitar a cada Departamento y Escuela que nombre una persona representante, quien sirva de enlace para la comunicación con la Comisión Especial de Defensa del FEES y así mantener informada la instancia que representa.
h. Designar como representantes del Consejo Institucional a la M.Sc. Ana Rosa Ruiz Fernández y al Dr. Rony Rodríguez Barquero, quién además coordinará la Comisión.
i. Indicar que, contra este acuerdo podrá interponerse recurso de revocatoria ante este Consejo o de apelación ante la Asamblea Institucional Representativa, en el plazo máximo de cinco días hábiles, o los extraordinarios de aclaración o adición, en el plazo de diez días hábiles, ambos posteriores a la notificación del acuerdo. Por así haberlo establecido la Asamblea Institucional Representativa, es potestativo del recurrente interponer ambos recursos o uno solo de ellos, sin que puedan las autoridades recurridas desestimar o rechazar un recurso, porque el recurrente no haya interpuesto el recurso previo.
A continuación, se detalla el acuerdo: