En total fueron seis las propuestas discutidas por los asambleístas presentes de forma virtual –dos de ellas conciliadas–, durante la sesión realizada este miércoles 25 de octubre.
Según destacó la Ing. Yarima Sandoval, presidenta del Directorio de la AIR, este 2022 se ha logrado un número récord de propuestas aprobadas, un total de 26, en cinco sesiones realizadas en este año, dos ordinarias y tres extraordinarias.
Con esta sesión se acumulan siete AIR desarrolladas de forma virtual, lo que ha marcado una nueva dinámica de sesionar para la Asamblea, destacó Sandoval.
Además, Sandoval fue enfática en la necesidad de contar con un mayor apoyo del sector estudiantil en el trabajo de las comisiones de análisis, al tiempo que hizo un llamado a un mayor involucramiento en este órgano institucional por parte de todos los sectores de la comunidad institucional. En este punto, hizo referencia a los puestos suplentes del sector docente que quedaron vacantes luego de la convocatoria realizada recientemente por falta de personas candidatas.
“Gracias a todas las personas por el apoyo dado durante las cinco sesiones de AIR que hemos realizado este año. Es un momento histórico, en tiempo récord el Directorio, la Asamblea y las diferentes comisiones de análisis hemos sacado la tarea de poner al día la agenda de trabajo de la Asamblea; lamentablemente nos ha tocado trabajar sin la representación estudiantil, es por eso que hacemos un llamado a que se acerquen y se involucren, en especial a los y las estudiantes, recuerden que ustedes no están de paso por el TEC, ya que cuando se gradúen se llevan un pedazo del TEC con ustedes”.
Ing. Yarima Sandoval Sánchez, presidenta del Directorio de la AIR.
Cambios en legislación del puesto de rectoría
Parte de los cambios discutidos durante esta sesión respecto a la rectoría fueron modificaciones aprobadas en los artículos 25, 26 y 71 del Estatuto Orgánico del ITCR.[3]
En el caso de la modificación del artículo 25 se acordó el cambio de lenguaje inclusivo con el cambio de persona que ejerza la rectoría en lugar de la palabra rector, así como detalles del proceso de elección y las convocatorias a segunda ronda para este puesto.
El nombrar y remover discrecionalmente a las personas que ocupen plazas de asesores o de asistentes de la rectoría, fue parte de la inclusión realizada al artículo 71. Además, el cambio a este artículo incluye que las personas que ejerzan la dirección o que sean encargadas de tales oficinas serán designadas por quien ejerce la rectoría para el periodo de su nombramiento, respetando las disposiciones del Manual de puestos institucional o su equivalente.
Uno de los más importantes que modificó la AIR respecto al puesto de rectoría es la reforma del artículo 1 de la Norma Reglamentaria del artículo 25 del Estatuto Orgánico:
“Si se conoce con anticipación una situación por la cual la persona que ejerce la rectoría dejará el cargo, el Consejo Institucional procederá, previo a la fecha en que se haga efectiva esa inhabilitación, a designar a la persona Rectora interina, en primera instancia de entre las personas vicerrectoras que estén activas. En caso de que ninguna de ellas acepte el nombramiento, el Consejo Institucional procederá a designar a otra persona funcionaria, la cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en el Estatuto Orgánico para ocupar el cargo de Rectoría”.
Adicionalmente, la modificación indica que si la inhabilitación de ejercer la rectoría es producto de una situación imprevista o repentina que deje al Consejo Institucional sin su debida conformación, la persona integrante titular de mayor edad del Consejo Institucional convocará a sesión y para conformar el cuórum estructural se incluirá en la convocatoria a una persona que ejercía como vicerrectora en el equipo de la persona rectora a sustituir, que haya manifestado que no aceptará esta designación de forma interina en la Rectoría.
Esta designación –de la persona Rectora interina– se realizará en primera instancia de entre las personas que ejercían el cargo de vicerrectoras en el equipo de la persona Rectora a sustituir.
Unidades y dependencias
Otra de las modificaciones es la del artículo 51 respecto a los departamentos y sus tipos, la cual indica que el TEC se organizará en dependencias y subdependencias.
“Para efectos de este Estatuto se entenderá de forma genérica como dependencia a las Vicerrectorías, los departamentos de apoyo académico, los departamentos académicos, las escuelas, las direcciones de oficinas asesoras y asistenciales, de los Campus Tecnológicos Locales y de Centros Académicos. Se entenderá de forma genérica por subdependencias a las unidades de apoyo, unidades y áreas académicas, independientemente de su ubicación física”.
En este punto se añadió las características de lenguaje inclusivo según la Sesión Ordinaria 3285 acuerdo del Consejo Institucional [4]referente a este tema.
Otras modificaciones
La sesión 104-2022 aprobó también modificaciones en otros temas relevantes para el quehacer institucional.
Entre estos que las personas profesoras y administrativas que formen parte del Consejo Institucional representarán, en su seno, a toda la comunidad del Instituto y no a una dependencia o sector en particular.
Además, se modificó el acuerdo del III Congreso Instituciona[5]l relacionado con las redes académicas derogando los incisos a, b, c, d, e, f, g y h y trasladando su espíritu a un nuevo artículo al Estatuto Orgánico. Estos refieren a la coordinación de redes académicas, su nombre, el acceso a recursos institucionales, así como la participación en las redes académicas y las actividades de esta.
Según indicó la presidente del Directorio de la AIR, todos estos acuerdos serán publicados en la Gaceta Institucional[6] con los textos definitivos y en el Estatuto Orgánico se incluirán las modificaciones según los acuerdos tomados durante esta sesión.
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Source URL (modified on 10/28/2022 - 22:45): https://www.tec.ac.cr/hoyeneltec/node/4329