Reglamento del IV Congreso Institucional del Instituto Tecnológico de Costa Rica

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Órganos Superiores

Capítulo I: Disposiciones Generales

Artículo 1: Objetivo del reglamento

Este reglamento norma el IV Congreso Institucional y es complementario de las disposiciones establecidas en el Estatuto Orgánico y en el Reglamento de la AIR, sobre el particular.

Artículo 2: Sobre las características generales del Congreso

El IV Congreso Institucional constituye una instancia de participación democrática para la reflexión, la orientación y la definición institucional. Sus acuerdos se tramitarán según lo dispuesto en el Estatuto Orgánico y la normativa institucional sobre esta materia.

 

Capítulo II: Fines y principios

Artículo 3: Fines del IV Congreso Institucional

Con fundamento en las disposiciones del Estatuto Orgánico, el IV Congreso del Instituto Tecnológico de Costa Rica procura:

Brindar a la comunidad del Instituto Tecnológico de Costa Rica un espacio de libre participación para la propuesta, discusión y análisis de temas de interés institucional, así como para la toma de decisiones que le permitan consolidarse como una institución de educación superior con sensibilidad humana a la vanguardia en la generación del conocimiento.

Artículo 4: Principios rectores del IV Congreso

La actuación de los y las congresistas estará regida por los siguientes principios rectores:

  1. Participación democrática: entendida como el derecho de voz y voto de todos los y las congresistas.
  2. Respeto y Equidad: entendidos como la consideración en el trato que se ofrece a los miembros de la comunidad en virtud de su dignidad.
  3. Efectividad: entendida como un accionar tendiente a la consecución de los objetivos propuestos y la ejecución de los acuerdos.
  4. Compromiso humanista: entendido como la capacidad de conjugar los conocimientos científicos y tecnológicos con una visión integradora de los valores humanos.
  5. Ética: Participación acorde o coherente con la probidad esperada de los miembros de la comunidad institucional.
  6. Congruencia con el eje y subejes temáticos del IV Congreso Institucional.

 

Capítulo III: Aspectos generales de la organización

Artículo 5: Funciones de la Comisión Organizadora

Además de las funciones estipuladas en el Artículo 91 del Estatuto Orgánico, la Comisión Organizadora debe:

  1. Conducir y orientar el proceso de definición de los ejes temáticos del IV Congreso Institucional.
  2. Organizar actividades que fortalezcan la participación de la comunidad institucional en el IV Congreso.
  3. Someter a la aprobación de la Asamblea Institucional Representativa la propuesta de ejes temáticos y de reglamento del IV Congreso.
  4. Preparar un cronograma sobre las actividades del IV Congreso y darlo a conocer a la comunidad institucional.
  5. Inscribir a los y las congresistas provenientes del sector docente.
  6. Definir la conformación de las comisiones de estudio.
  7. Revisar y remitir a las respectivas comisiones de estudio las ponencias propuestas por los y las congresistas.
  8. Atender y resolver las consultas de la comunidad institucional relacionadas con el IV Congreso.
  9. Recibir los dictámenes elaborados por las comisiones de estudio.
  10. Mantener un registro documental actualizado que permita a la comunidad institucional conocer el avance del IV Congreso.
  11. Solicitar la incorporación al Calendario Institucional de las fechas propuestas para la realización del plenario del IV Congreso.
  12. Organizar y dirigir las sesiones plenarias del IV Congreso Institucional.
  13. Organizar y dirigir la discusión de las ponencias en el IV Congreso Institucional y someterlas a aprobación del plenario.
  14. Resolver cualquier asunto no previsto en la normativa vigente que tenga que ver con el IV Congreso Institucional y que no competa a otro órgano, mediante acuerdo debidamente fundamentado.

Artículo 6: Las etapas del Congreso

Con el fin de organizar de manera eficiente el IV Congreso Institucional, se establecen las siguientes etapas:

Primera Etapa

  1. Nombramiento de la Comisión Organizadora
  2. Elaboración de la propuesta de reglamento del IV Congreso Institucional
  3. Construcción y análisis de los ejes temáticos
  4. Presentación de la propuesta de eje temático central y sus subejes del IV Congreso
  5. Presentación del Reglamento del IV Congreso a la Asamblea Institucional Representativa para
  6. Convocatoria del IV Congreso Institucional

Segunda Etapa

  1. Inscripción de los y las congresistas del sector docente
  2. Elección de congresistas del sector: administrativo, estudiantil y egresados
  3. Presentación de ponencias por parte de congresistas
  4. Conformación de las comisiones de estudio
  5. Revisión de ponencias a partir de los criterios establecidos: eje y subejes temáticos y principios rectores
  6. Traslado de ponencias a las comisiones de estudio respectivas
  7. Análisis de las ponencias por parte de las comisiones de estudio y elaboración de dictámenes
  8. Realización de las sesiones plenarias:

h.1 Informe de la comisión organizadora en relación a los dictámenes dados por las comisiones de estudio.

h.2    Exposición y defensa de las ponencias acogidas por las comisiones de estudio según los subejes temáticos en los que se inscriban.

h.3    Selección de ponencias por parte del plenario del IV Congreso.

h.4   Definición de integrantes de las distintas mesas de trabajo.

h.5    Sesiones de discusión en las mesas de trabajo.

h.6   Exposición de acuerdos de las mesas de trabajo ante el plenario del IV Congreso.

h.7 Toma de acuerdos del IV Congreso.

Tercera Etapa

  1. Elaboración de la memoria y el informe final del plenario.
  2. Comunicación de los acuerdos de la Asamblea Plenaria del IV Congreso a la comunidad institucional y a las autoridades del Instituto para su ejecución.

 

Capítulo IV: Ejes temáticos

Artículo 7: El eje temático y los subejes del IV Congreso

El eje temático y los subejes serán los aprobados por la Asamblea Institucional Representativa aprobados en la Sesión Ordinaria No. 93-2017.

 

Capítulo V: Los y las congresistas

Artículo 8: Los y las congresistas

Con base en el artículo 89 del Estatuto Orgánico, conformarán la asamblea plenaria del IV Congreso y en lo sucesivo serán llamados congresistas:

  1. Los integrantes activos de la Asamblea Institucional Representativa en el momento de la inscripción al IV Congreso.
  2. Todos los profesores y las profesoras del Instituto Tecnológico de Costa Rica que sin pertenecer a la Asamblea Institucional Representativa, se inscriban.
  3. Una representación de estudiantes adicional a los representantes estudiantiles ante la Asamblea Institucional Representativa, de manera que la participación estudiantil corresponda al 25% del total de miembros de la asamblea plenaria del IV Congreso Institucional.
  4. Una representación de funcionarios y funcionarias administrativas adicional a los representantes administrativos ante la Asamblea Institucional Representativa, de manera que la participación de estos corresponda al 15% del total de miembros de la asamblea plenaria del IV Congreso Institucional.
  5. Dos egresados o egresadas de cada una de las carreras del Instituto Tecnológico de Costa Rica, nombrados por la Asociación de Egresados de acuerdo con sus estatutos y quienes no serán considerados para el cálculo de la representación estudiantil ni para el cálculo de la representación de funcionarios administrativos.

Para conformar las representaciones de estudiantes y funcionarios administrativos ante el Congreso Institucional, se utilizará el mismo procedimiento establecido para la Asamblea Institucional Representativa.

Artículo 9: Derechos de los y las congresistas

Son derechos de los y las congresistas:

  1. Participar en las comisiones de estudio en las que se inscriban.
  2. Inscribir, presentar y defender ponencias al IV Congreso Institucional.
  3. Participar de la discusión de las ponencias en la fase de plenario del IV Congreso Institucional.
  4. Votar para seleccionar las ponencias que se discuten en las mesas de trabajo.
  5. Participar en las mesas de trabajo.
  6. Participar en la toma de acuerdos del plenario.

Artículo 10: Deberes de los y las congresistas

Son deberes de los y las congresistas:

  1. Respetar los principios rectores y el eje y subejes temático establecidos y aprobados por la Asamblea Institucional Representativa para el IV Congreso Institucional.
  2. Asistir, al menos, al 80% de las sesiones de las comisiones de estudio en que se inscriban.
  3. Asistir, al menos, al 80% de las sesiones del plenario.
  4. Asistir, al menos, al 80% de las sesiones de las mesas de trabajo en que se inscriban.
  5. Todos los demás deberes que establece el reglamento y la normativa institucional.

La inasistencia a las comisiones de estudio, las sesiones de plenario y las mesas de trabajo, no justificadas a satisfacción fundamentada de la Comisión Organizadora será constar en el expediente personal.

Artículo 11: Las comisiones de estudio

El número de comisiones de estudio del IV Congreso Institucional será determinado por la Comisión Organizadora de acuerdo con el número de subejes temáticos definidos.

En el momento de inscribirse, los y las congresistas indicarán, en orden de prioridad, las opciones de comisión a las que quieren incorporarse. La Comisión Organizadora definirá la comisión de estudio en la que queden inscritos(as), de acuerdo con los siguientes criterios: primero en tiempo primero en derecho, equidad de género y representatividad de los sectores.

En caso de que no haya suficientes solicitudes para aplicar los tres criterios, se considerarán los que sea posible aplicar. La Comisión Organizadora tomará las medidas complementarias pertinentes para optimizar la participación en las diferentes comisiones.

 

Capítulo 6: Ponencias

Artículo 12: Las ponencias

De acuerdo con las normas que establece este Reglamento, pueden presentar ponencias en el IV Congreso:

  1. Los y las congresistas
  2. Todos los miembros de la comunidad institucional, aún sin ser congresistas, en cuyo caso tendrán derecho a sustentar su ponencia ante la comisión de estudio que la esté conociendo y cuando sea necesario, ante el plenario.

La presentación de ponencias por parte de personas no inscritas en el IV Congreso, no les generará el derecho a votar dichas ponencias.

Podrán presentarse ponencias individuales o colectivas.

Artículo 13: Inscripción de ponencias

Las ponencias deberán inscribirse ante la Comisión Organizadora en el formato que se defina.

Artículo 14: Recepción de ponencias

Las ponencias deberán ser enviadas, dentro del plazo definido, a la Comisión Organizadora, vía correo electrónico a la dirección ivcongreso@itcr.ac.cr ,en formato PDF.

La Comisión Organizadora garantizará su integridad y la entrega de un comprobante a los y las ponentes.

Artículo 15: Requisitos de las ponencias

La Comisión Organizadora establecerá los formatos para la inscripción y presentación de las ponencias así como para los dictámenes de las comisiones de estudio.

La Comisión Organizadora será la única con potestad de seleccionar las ponencias de conformidad con los sub ejes temáticos establecidos y los principios rectores del IV Congreso y podrá solicitar la subsanación de vicios al o los ponentes dentro de los diez días hábiles siguientes, so pena de rechazar dicha ponencia si no se subsanan los defectos en el plazo establecido.

Artículo 16: Ubicación de ponencias

La Comisión Organizadora remitirá a la comisión de estudio correspondiente, las ponencias relativas a su competencia.

 

Capítulo 7: Comisiones de Estudio

Artículo 17: El temario de las comisiones de estudio

Para cada uno de los subejes temáticos definidos en el temario del Congreso que cuente con al menos una ponencia, se constituirá una comisión de estudio, cuyo objetivo es analizar y presentar dictámenes sobre las ponencias correspondientes ante la Comisión Organizadora del Congreso.

Artículo 18: Composición de las comisiones de estudio

Cada comisión de estudio contará con un mínimo de cinco (5) miembros y un máximo de siete (7) miembros, será conformada y supervisada por la Comisión Organizadora del IV Congreso según lo establecido en el Artículo 11 de este Reglamento.

Si una ponencia es asignada a una comisión determinada, su proponente quedará automáticamente inscrito o inscrita en ella. Si la ponencia fue presentada colectivamente, al menos uno o una de sus proponentes será miembro de la comisión de estudio.

La Comisión Organizadora del Congreso informará oportunamente a la comunidad institucional la integración definitiva de cada comisión de estudio.

Artículo 19: Funcionamiento de las comisiones de estudio

La comisión de estudio será convocada por primera vez por la Comisión Organizadora. En su primera sesión definirán a un coordinador o coordinadora y a un secretario o secretaria.

Artículo 20: Funciones del coordinador o coordinadora de las comisiones de estudio

Corresponde al coordinador o coordinadora de la comisión de estudio:

  1. Dirigir los debates
  2. Conceder el uso de la palabra
  3. Someter a votación aquellos asuntos que así lo requieran
  4. Elaborar conjuntamente con el secretario o secretaria, el informe final de las acciones de la comisión
  5. Remitir a la Comisión Organizadora el dictamen de la comisión de estudio, de acuerdo al cronograma definido.

Artículo 21: Funciones del secretario o secretaria de las comisiones de estudio

Corresponde al secretario o secretaria de la comisión de estudio:

  1. Llevar el control del orden del día y de la discusión de las ponencias
  2. Recibir las mociones que se presenten en la comisión
  3. Asistir al coordinador o coordinadora con el orden de la palabra
  4. Tomar nota de todos los acuerdos y resoluciones y llevar las actas o minutas respectivas.
  5. Registrar la asistencia de los miembros de la comisión de estudio

Artículo 22: El cuórum de las comisiones de estudio

El cuórum para sesionar en las comisiones de estudio lo constituirá la mitad más uno de sus miembros. Para la toma de acuerdos será la mitad más uno de los miembros presentes.

Artículo 23: Funciones de las comisiones de estudio

Las ponencias presentadas pueden ser integradas con otras afines o ser dictaminadas de manera positiva o negativa por las comisiones de estudio.

Los miembros que no estén de acuerdo con la recomendación de la comisión, pueden emitir un dictamen de minoría debidamente fundamentado, el cual deberá ser conocido por el plenario del IV Congreso Institucional.

Artículo 24: Informes y dictámenes de las comisiones de estudio

La Comisión Organizadora recibirá todos los informes y dictámenes de las comisiones de estudio y elaborará el documento base para la discusión del plenario de acuerdo con el cronograma definido.

Artículo 25: Estructura del informe final de las comisiones de estudio

El informe final de cada comisión de estudio deberá contener los dictámenes de mayoría y minoría, si los hubiese; junto con las actas o minutas de las reuniones de la comisión, el informe de asistencia en términos porcentuales y absolutos de cada uno o una de los miembros inscritos y cualquier otra información complementaria, a criterio de la comisión.

Los dictámenes deberán contener una primera parte con la exposición del tema necesaria para su comprensión, una segunda parte de resoluciones o recomendaciones y una tercera parte con las implicaciones de carácter estructural, organizativo, legal y presupuestario.

Artículo 26: Acreditación de las comisiones de estudio

La Comisión Organizadora acreditará como comisión institucional a cada una de las comisiones de estudio del IV Congreso

 

Capítulo 8: Plenario

Artículo 27: Funciones del plenario

Son funciones del plenario del Congreso:

  1. Analizar los dictámenes de las comisiones de estudio
  2. Modificar las propuestas en aquellos aspectos que se considere necesario
  3. Aprobar o rechazar las ponencias dictaminadas por las comisiones de estudio.

Artículo 28: Tipos de sesiones

El plenario del IV Congreso Institucional tendrá tres tipos de sesiones:

  1. Sesión inaugural
  2. Sesiones plenarias
  3. Sesión de clausura

Artículo 29: Potestades del plenario

En la fase de plenario del IV Congreso Institucional se conocerán los dictámenes de las comisiones de estudio, según agenda que preparará la Comisión Organizadora, y se aprobarán o rechazarán con el voto de la mitad más uno de los y las congresistas presentes.

Artículo 30: El directorio del plenario

La Comisión Organizadora del Congreso se constituirá en el directorio del plenario. Este directorio será presidido por la coordinadora de la Comisión Organizadora del IV Congreso.

Artículo 31: Agenda del plenario

La Comisión Organizadora del IV Congreso elaborará la agenda de las sesiones y el documento base de discusión para el plenario del Congreso. Si lo considera necesario, podrá conformar grupos para que se puedan resolver asuntos que se presenten durante la realización de los debates, así como tomar todas aquellas medidas necesarias para el adecuado desarrollo de las sesiones.

Artículo 32: Cuórum del plenario

El plenario se constituirá con un cuórum de la mitad más uno de los y las congresistas. La asistencia será presencial o remota desde las sedes o centros académicos, teniendo estos participantes la posibilidad de hacer uso de la palabra y derecho al voto, ambos en tiempo real.

De no lograrse el cuórum a la hora fijada para el inicio, se realizará la sesión plenaria media hora después, con los y las congresistas presentes o conectados desde cualquiera de las sedes o centros académicos.

Artículo 33: Horario de sesiones

Las sesiones plenarias se celebrarán normalmente entre las 8:00 y las 12:00 y la 13:30 y las 16:30 horas. Este horario podrá modificarse si previamente así lo acuerda el Directorio del Congreso o por moción de orden aprobada por el plenario.

Artículo 34: De las sesiones plenarias

Las sesiones plenarias del Congreso serán públicas y transmitidas de forma abierta por medio de los canales institucionales disponibles.

Artículo 35: Sobre el Reglamento de Debates

El reglamento de debates de las sesiones plenarias será elaborado por la Comisión Organizadora y aprobado en la primera sesión plenaria del IV Congreso Institucional.

Artículo 36: Sobre las actas del plenario

Se levantará un acta de los acuerdos a que se llegue en cada sesión plenaria, la cual será aprobada y firmada por los y las miembros del Directorio del Congreso. Todas las sesiones serán grabadas; las grabaciones se conservarán en el archivo institucional.

Por solicitud del expositor o expositora, se hará trascripción literal de lo dicho por él o ella, de lo contrario en las actas se consignará un resumen de las intervenciones.

Artículo 37: Resolución de asuntos

La Comisión Organizadora del IV Congreso, resolverá sobre las cuestiones no previstas expresamente en este reglamento o sobre aquellas que provocaren duda.

 

Capítulo 9: Seguimiento de los resultados

Artículo 38: Informe final del Plenario

Concluidas las sesiones plenarias, la Comisión Organizadora del IV Congreso se abocará a la elaboración de un informe que debe contener todos los acuerdos, resoluciones y recomendaciones conocidas y aprobadas por el plenario del Congreso.

El informe deberá ser entregado al Consejo Institucional, al Rector y al Directorio de la Asamblea Institucional Representativa y de acuerdo con el cronograma aprobado.

Artículo 39: Seguimiento y control de acuerdos del plenario

Una vez recibido el informe del Congreso, el Consejo Institucional y la Rectoría de acuerdo con sus respectivas competencias, deberán realizar los planes de acción para implementar los acuerdos del Congreso.

El período para realizar dichos planes no podrá sobrepasar los tres meses calendario a partir de la fecha de recepción de ese informe del Congreso. Esos planes deberán ser ejecutados en un plazo no superior a un año calendario.

Corresponderá a la Asamblea Institucional Representativa, mediante su Directorio, supervisar el cumplimiento de los planes de acción del Consejo Institucional y de la Rectoría sobre las resoluciones del IV Congreso, asimismo, el Consejo Institucional y la Rectoría deberán rendir informe detallado del seguimiento y del cumplimiento de los acuerdos del IV Congreso ante la Asamblea Institucional Representativa.

Este reglamento rige a partir de su publicación en la Gaceta del Instituto Tecnológico de Costa Rica y deroga cualquier otra disposición reglamentaria que se le oponga.

Aprobado en Sesión Ordinaria 93-2017 de la Asamblea Institucional Representativa, del 27 de setiembre de 2017.  Gaceta No. 483 del 04 de octubre de 2017.

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