Normativa propuesta por el comité de becas con respecto a los beneficios del reglamento de horas y asistencias

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Servicios Estudiantiles

Normativa propuesta por el comité de becas y préstamos estudiantiles con respecto a los beneficios que estipula el reglamento de horas estudiantiles y horas asistente


a. Acoger la Normativa propuesta por el Comité de Becas y Préstamos estudiantiles con respecto a los beneficios que estipula el Reglamento de Horas Estudiantes u Horas Asistente en el Instituto Tecnológico de Costa Rica que dice:

Al estudiante que se desempeñe bajo alguna de las modalidades de Horas Asistente y Horas Estudiante se le asignarán los beneficios que establece el Reglamento independientemente que el estudiante se haya hecho acreedor a otro tipo de beca de exención de derechos de estudio.

A los estudiantes financiados y que asimismo se hacen acreedores a los beneficios de beca por “Horas Estudiante u Horas Asistente” no se les considerará para los efectos de determinación del monto de financiamiento, los beneficios percibidos por el nuevo sistema, previo estudio socioeconómico.

Todo beneficio que otorgue la Institución por carácter de beca estará destinado a cubrir en primer instancia la exención de pago de los derechos de estudio.

Aprobada por el Consejo Institucional en S/1334, Art. 20, celebrada el 20 de febrero, 1986

 

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