Disposiciones para la convocatoria extraordinaria de proyectos de investigación o extensión a ser desarrollados

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Investigación y Extensión

Disposiciones para la convocatoria extraordinaria de proyectos de investigación o extensión a ser desarrollados en el segundo semestre 2020, enfocados en contribuir a mitigar o a resolver los efectos negativos causados por la pandemia de la COVID-19 en CR

Disposiciones emitidas por el Consejo Institucional, Sesión Ordinaria No. 3171, Artículo 14, del 20 de mayo de 2020. Publicadas en fecha 21 de mayo del 2020 mediante Gaceta Número 635-2020 de fecha 21 de mayo del 2020.

a. Establecer las “Disposiciones para la convocatoria extraordinaria de proyectos de investigación o extensión a ser desarrollados en el segundo semestre 2020, enfocados en contribuir a mitigar o a resolver los efectos negativos causados por la pandemia de la COVID-19 en Costa Rica”, en los siguientes términos:

1. Los fondos concursables tienen por objetivo fomentar el desarrollo de proyectos de investigación o extensión enfocados en contribuir a mitigar o a resolver los efectos negativos causados por la pandemia de la COVID-19 en Costa Rica, en el marco de los “Ejes de conocimiento estratégicos”, aprobados por la AIR.

2. Podrán aplicar para estos fondos concursables el personal académico del ITCR, de acuerdo con las funciones establecidas en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos o aquellos profesores que se encuentren nombrados temporalmente en plazas administrativas (Rector, Vicerrector, Director). Estos últimos podrán presentar propuestas siempre que estén avaladas por el Consejo de Escuela, Área Académica o Unidad Desconcentrada a la cual este funcionario pertenece cuando ejerce el nombramiento de profesor. Solo los investigadores o extensionistas sin informes pendientes ante la VIE podrán presentar, o formar parte, de nuevas propuestas de investigación y extensión. Toda participación en los proyectos se realizará mediante horas de reconocimiento (REC), horas docencia (DOC), horas VIE según disponibilidad (VIE) u horas de investigador consolidado (CONS). Para el caso de las horas docencia (DOC) se debe adjuntar el oficio de la Vicerrectoría de Docencia autorizando el uso de esas horas en actividades de investigación o extensión.

3. El personal de apoyo a la academia podrá participar en proyectos como investigador o extensionista con horas semanales bajo la figura de reconocimiento (REC), lo que requiere del aval por parte de la jefatura inmediata, por un máximo de 5 horas en proyectos de investigación y 8 horas en proyectos de extensión. Los Profesionales en Gestión de Cooperación o Proyectos de la VIE, podrán participar como parte de los grupos de investigación o extensión, mas deberán evitar el conflicto de intereses en el proceso de evaluación de las propuestas.

4. Para la formulación de un proyecto los proponentes deberán dar prioridad al personal propio de las unidades académicas involucradas. No se autorizará la contratación de personal para la participación en los proyectos, más si podrán participar en forma ad honorem funcionarios de otras universidades estatales, de instituciones del sector público y/o empresas privadas.

5. La contratación de servicios profesionales externos quedará supeditada a aquellos casos en que la Institución no cuente con los profesionales que puedan llevar a cabo dicho servicio o que la institución no cuente con las condiciones para hacerlo y se realizará de acuerdo con la normativa institucional vigente. Esta contratación sólo se podrá utilizar en actividades puntuales, es decir, no podrá corresponder al desarrollo de actividades sustantivas ni permanentes en el proyecto. Además, la contratación de servicios profesionales deberá ser debidamente justificada en la formulación y ejecución del proyecto.

6. Para los proyectos en los cuales se desarrollen productos susceptibles de ser registrados, patentados o reservados, el coordinador deberá aportar una nota explícita por parte de todos los investigadores o extensionistas, reconociendo que están al tanto de la condición y que se apegarán a la normativa de propiedad intelectual de la Institución. Los proyectos podrán contar en su fase de formulación con el acompañamiento del Centro de Vinculación, en esta materia, si fuera procedente.

7. Términos de referencia:

a. Estos proyectos considerarán mecanismos para fortalecer la capacidad de mitigación, respuesta y asistencia humanitaria, a corto plazo.

b. Dado que la crisis está evolucionando rápidamente, el monitoreo cuidadoso de sus efectos es crucial a la hora de formular la propuesta para garantizar la relevancia e impacto de los resultados.

c. Debe prevalecer un sentido de urgencia, por tanto, los resultados y productos a obtener deberán alcanzarse a más tardar en diciembre del 2020.

d. Los fondos serán asignados, por el Consejo de Investigación y Extensión, a las cinco propuestas mejor evaluadas, según disponibilidad de recursos, sin que exista nota mínima a partir de la cual una propuesta queda imposibilitada de ser aprobada. De quedar recursos disponibles una vez aprobadas las cinco propuestas, se podrán aprobar proyectos adicionales hasta donde los recursos lo permitan.

e. Para optar por el financiamiento, los investigadores y extensionistas deberán llenar un formulario en línea que será facilitado por la Dirección de Proyectos.

f. El equipo proponente deberá presentar un informe final de los resultados del Proyecto.

8. La propuesta debe ser avalada exclusivamente por el Consejo de la Escuela, Área Académica o Unidad Desconcentrada que coordina. Los otros Consejos de las instancias participantes, solo avalarán la participación en el proyecto de las/os funcionarios/as que pertenezcan a ellas, mas podrán hacer observaciones o recomendaciones de mejora a la propuesta.

9. El Consejo de Investigación y Extensión aprobará las rúbricas de calificación de estas propuestas extraordinarias, considerando que la evaluación de las propuestas de investigación y de extensión no pueden ser evaluadas con el mismo conjunto de parámetros.

10. Las propuestas serán calificadas exclusivamente por el Consejo de Investigación y Extensión.

11. El cronograma de actividades para esta convocatoria extraordinaria es el siguiente:

Fecha anuncio de la convocatoria

Martes 26 de mayo, 2020

Fecha límite de recepción de propuestas

Jueves 11 de junio, 2020

Aprobación de propuestas por parte del CIE

Viernes 19 de junio, 2020

Comunicación de acuerdos

Miércoles 24 de junio, 2020

Inicio de proyectos

Lunes 13 de julio, 2020

Presentación de Informe Final

Viernes 29 de enero, 2021

Condicionar la ejecución de los recursos para los nuevos proyectos de investigación o extensión, a ser desarrollados durante el segundo semestre 2020, conforme a las disposiciones citadas en el inciso precedente, a la modificación oportuna del Plan Anual Operativo del Programa 4: Investigación y Extensión, así como al resultado favorable de las modificaciones presupuestarias que a su efecto sean requeridas.

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